Este domingo 22 de octubre los argentinos se acercarán a las urnas a elegir su Presidente y Vicepresidente. Cuáles son los diferentes votos que existen y qué tener en cuenta a la hora de sufragar.
Las elecciones presidenciales de Argentina 2023 se llevarán a cabo el próximo domingo 22 de octubre. En este proceso electoral podría ser electo el nuevo Presidente o Presidenta de la Nación, la ciudadanía deberá elegir entre los cinco candidatos: Javier Milei (La Libertad Avanza), Sergio Massa (Unión por la Patria), Patricia Bullrich (Juntos por el Cambio), Juan Schiaretti (Hacemos por Córdoba) y Myriam Bregman (Frente de Izquierda-Unidad).
En caso de que ningún candidato presidencial obtenga el 45% de los votos afirmativos válidamente emitidos o que ningún candidato obtenga el 40% de los votos válidos con una diferencia de al menos 10 puntos del segundo, deberá realizarse el ballotage el próximo 19 de noviembre entre los dos candidatos más elegido.
Dado a que existen distintos tipos de voto en las elecciones, enmarcados todos en el reglamento electoral vigente por el Código Electoral Nacional. Esta norma establece que el voto es el derecho de todo ciudadano a elegir a sus gobernantes y representantes mediante la realización de comicios de los que pueden participar todos los empadronados.
Es por eso, que es importante conocer los diferentes tipos de votos que se pueden emitir, ya que cada uno tiene características y consecuencias particulares. A continuación, se describen los distintos tipos de votos:
Votos afirmativos
Estos votos son considerados válidos y se emiten utilizando una boleta oficializada de una misma agrupación para todas las categorías, o cuando se eligen boletas de fuerzas políticas diferentes para cada categoría.
¿Qué es el voto en blanco?
Es un voto “válido”, ya que, como explica la Cámara Nacional Electoral, “representa una manifestación de la voluntad del electorado de abstenerse de elegir entre las diversas propuestas formuladas en un sistema legal de sufragio”. La Cámara entiende que el votante expresa así “su disconformidad con todos los candidatos y con las propuestas formuladas por los partidos políticos”. Esto lo diferencia de los votos nulos, impugnados o recurridos.
¿Cómo se cuentan los votos en blanco en las elecciones generales?
Los votos en blanco no se cuentan de la misma manera en las elecciones Primarias, Abiertas Simultáneas y Obligatorias (PASO) que en las elecciones generales.
En las primarias, de acuerdo con la ley, las listas deben superar el umbral del 1,5% de los votos válidamente emitidos, que incluyen tanto los votos afirmativos como los votos en blanco. Por lo tanto, el porcentaje de votos en blanco se suma al total de sufragios de las diferentes listas. Es decir, los votos se contabilizan sobre la base de los votos válidos, lo que implica que los votos en blanco son considerados en el conteo final.
En las elecciones generales el conteo es distinto. La Constitución nacional, desde 1994, establece que los votos se deben contar sobre los “votos afirmativos válidamente emitidos”, es decir, los que eligen a una boleta de candidatos. Por eso, en las elecciones generales el universo se achica: para calcular los porcentajes sólo se cuentan los afirmativos y se excluyen los votos en blanco.
Al excluir del conteo los votos en blanco en las generales, una agrupación tiene una mayor probabilidad de alcanzar el umbral del 40% o 45% necesario para ganar en primera vuelta, en comparación con si se contabilizarán todos los votos válidos. Esto significa que, con la misma cantidad de votos, una agrupación obtiene un porcentaje mayor en las elecciones generales que en las PASO.
¿Cómo funciona esto en un ejemplo concreto?
Supongamos una elección con 10 votos y 3 candidatos: el candidato A, el B y el C.
En las PASO, hubo 3 votos para el A, 2 para el B y uno para el C. Los 4 votos restantes fueron en blanco. Así, los resultados serían:
A: 30% de los votos (3 de 10 votos válidos).
B: 20% de los votos (2 de 10).
C: 10% de los votos (1 de 10).
Voto en blanco: 40% (4 de 10).
Dos meses más tarde se celebran las elecciones generales sin cambios en ninguno de los 10 votos. Los porcentajes finales serían:
A: 50% (3 de 6 votos afirmativos válidos).
B: 33,3% (2 de 6).
C: 16,7% (1 de 6).
Voto en blanco: 4 votos que son excluidos del conteo final porque no son afirmativos.
¿Por qué es importante esta diferencia?
Porque para ganar en primera vuelta, el candidato debe superar el 45% de los votos afirmativos y válidamente emitidos, o bien debe obtener más del 40% de los votos afirmativos y válidos, y además, superar al segundo candidato en más de diez puntos porcentuales.
Con los porcentajes de las PASO, el candidato A no hubiese ganado. En las elecciones generales, en cambio, sí hubiese ganado sin necesidad de disputar un balotaje. Ningún votante cambió su voto entre las elecciones, el único cambio fue que el voto en blanco no fue tenido en cuenta en los cálculos de porcentajes obtenidos por cada candidato.
¿Cómo se contabilizan los votos en blanco en un balotaje?
En la Argentina, si durante la celebración de las elecciones generales ninguno de los candidatos consigue el porcentaje definido por la Constitución, se realiza una segunda vuelta para definir al presidente, es decir, un balotaje.
En el balotaje se utiliza el mismo criterio que en las elecciones generales. Si bien lo único relevante es cuál de las dos fórmulas obtuvo más votos, el Código Electoral Nacional establece que resultará “electa la que obtenga mayor número de votos afirmativos válidamente emitidos”.
Voto nulo
Un voto se considera nulo cuando se emite utilizando una boleta no oficializada, contiene inscripciones, imágenes inadecuadas o incluye objetos extraños en el sobre.
Voto recurrido
Este tipo de voto es aquel cuya nulidad y validez es cuestionada por un fiscal presente en la mesa. En caso de ser impugnado, se debe fundamentar la causa en un formulario especial con una “expresión concreta de la causa”.
Voto de identidad impugnada
Este tipo de impugnación se produce cuando la persona que vota no es la titular del documento que presenta. Solo el presidente de mesa o los fiscales pueden plantear esta consideración.
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