Si te vas a Chile, mirá todo lo que necesitás para ingresar al país vecino

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Documentación, permisos e información son importantes para poder viajar al país trasandino.

Chile es uno de los destinos más preferidos por miles de mendocinos y argentinos para pasar vacaciones. Desde hace meses, el país trasandino no ha modificado ninguno de los requisitos para que lleguen turistas y no hay restricciones para los viajantes.

Documentos generales que solicitan

Para entrar o salir del país por los pasos de frontera, tenés que presentar: DNI Digital tarjeta (último ejemplar emitido por el RENAPER); o DNI Digital libreta celeste (último ejemplar emitido por el RENAPER) o pasaporte.

No son válidos: el DNI escrito a mano (tapa verde, tapa bordó y libreta celeste de niños y niñas recién nacidos); la constancia de DNI en trámite; los documentos deteriorados.

Menores de 18 años

Si el menor de 18 años viaja con ambos padres, estos deben acreditar el vínculo presentando: Libreta Civil de Familia, o Partida de Nacimiento, o Certificado de Nacimiento (sin importar la fecha de su emisión), o DNI del menor de 18, en el que consten los datos filiatorios de los padres.

Si el menor de 18 viaja con uno solo de sus padres, este, además de demostrar el vínculo con alguno de los documentos citados, debe acompañar la autorización del padre/madre ausente.

Si él o la menor es hijo o hija de menores de 18 años, necesita la autorización de los padres y el permiso de uno de sus abuelos.

Toda esta documentación debe ser presentada en original o mediante copias debidamente legalizadas o certificadas.

Las autorizaciones pueden ser otorgadas por: escribanos, cónsules argentinos en el exterior, jueces competentes, autoridades del Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas, cónsules extranjeros en la Argentina, y jueces de paz.

Si viajás en auto necesitás…

Si cruzás en automóvil, completar y presentar el formulario OM-2261 (salida y admisión temporal de vehículos – acuerdo argentino chileno) en la Aduana argentina. Está en este link.

Declarar también los objetos que se transportan como equipaje a través del formulario OM-121/A, en este link, o vía carga web, en este otro link. Se pueden completar los formularios antes de viajar en la Sección Viajeros de AFIP.

Documentación obligatoria: licencia de conducir correspondiente al tipo de vehículo; DNI o cédula de identidad; cédula verde; cédula azul, en caso de circular en un vehículo que no sea de su propiedad; oblea de RTO (Revisión Técnica Obligatoria) o VTV (Verificación Técnica Vehicular); comprobante de póliza de seguro obligatorio vigente.

Elementos obligatorios para llevar en el auto: matafuegos (con control de carga y al alcance del conductor) y balizas portátiles.

Coronavirus: ¿piden PCR?

Vacunación: los extranjeros no residentes deben presentar el certificado de vacunación contra el Covid-19 emitido en su país. De no contar, podrán presentar un PCR de no más de 48 horas de antigüedad.

Se eliminó el requisito de presentar un seguro de salud para los no residentes. Sin embargo, se recomienda viajar con uno que incluya cobertura para Covid-19.

Sólo las personas que, al tiempo de ingresar a Chile correspondan un caso confirmado de Covid-19, deberán cumplir con la medida de aislamiento de 7 días en una residencia sanitaria o en el lugar que la autoridad sanitaria determine.

¿Qué se entiende como esquema de vacunación completo para turistas?: “Se entenderá que cuentan con el esquema de vacunación completa quienes presenten el respectivo comprobante de vacunación completa contra SARS-CoV-2, conforme al país donde hubiesen sido administradas”.

Mascotas

Tenés que gestionar con anticipación el Certificado Veterinario Internacional (CVI) para viajar con tu perro o gato. Consultá dónde presentar la documentación y más información en la web de SENASA, apartado “Información al viajero”, y accedé al sistema de autogestión para viajar con mascotas al exterior en SENASA – Viajar con mascotas.

Leer también: https://www.elcucodigital.com/que-pide-chile-para-poder-ingresar-con-tu-mascota/

Equipaje y compras permitidas

Cuando ingreses, hay que completar la declaración de Aduanas OM-2087/G4 para informar sobre alimentos, animales y bienes que adquiriste en el exterior. Se puede encontrar el formulario en las oficinas de la Aduana o en el sitio de AFIP.

¿Qué se considera equipaje? Se considera equipaje a los objetos nuevos o usados que un viajero utiliza para consumo personal o para obsequiar, siempre que la cantidad, la calidad, la variedad y el valor no permitan presumir que se importan o exportan con fines comerciales o industriales.

¿Cuáles son los objetos de uso o consumo personal? Ropa, elementos de higiene personal y todo objeto que el viajero lleve para uso o consumo personal.

¿Podés ingresar objetos comprados en otro país (franquicia)? Existe una franquicia para ingresar otros objetos dentro del concepto equipaje (que no sean ropas, objetos de uso personal, libros, folletos y periódicos) por vía fluvial o terrestre. El importe de la franquicia es: mayores de 16 años hasta USD 300; menores de 16 años: USD 150 y sin franquicia en el free shop de llegada.

Las franquicias se consideran de forma individual y no se pueden acumular. Pueden ser utilizadas en forma conjunta sólo cuando los viajeros constituyen un grupo familiar (matrimonios, uniones convivenciales e hijos e hijas menores de 16 años no emancipados).

Todos los excesos de franquicia serán alcanzados por el Tributo Único, impuesto que se cobra por el ingreso de mercaderías. La alícuota es del 50% sobre el exceso de la franquicia. Es importante que no olvidar llevar los formularios que presentaste cuando se sale del país y las facturas de las compras en el exterior.

¿Qué no se puede ingresar desde el exterior? Cualquier tipo de mercadería con finalidad comercial o industrial; electrodomésticos línea blanca; armas de fuego, salvo autorización de la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMaC); explosivos, inflamables y estupefacientes; mercadería de importación prohibida por razones no económicas (salud, seguridad, etcétera).

Los viajeros mayores de 16 años pueden entrar y salir del país con un importe máximo de USD 10.000 y los menores de 16 con un importe máximo de USD 5.000. Estos límites se computan por persona. Superados los límites, deberán llenar un formulario en Aduana.

Fuente: Prensa Gobierno de Mendoza.

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