Reforma en la Ley de Alquileres: ¿qué pasará con los contratos que ya se firmaron?
Tras la aprobación en la Cámara de Diputados, la nueva norma tendrá ajustes semestrales y la duración de los contratos quedará en tres años. Pero ¿cuándo se harán efectivas las modificaciones? Los detalles.
La Cámara de Diputados aprobó este miércoles el proyecto de reforma de alquileres con los cambios incluidos por el Senado impulsados por el Frente de Todos. La nueva norma modifica a la sancionada en 2020 y plantea, entre otros cambios, la extensión de la duración de los contratos a tres años, ajustes semestrales que se harán bajo la misma fórmula que utiliza el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat de la Nación en el programa Procrear II.
Sin embargo, y hasta que no se promulgue ni empiece a regir efectivamente la reforma, la ley se mantendrá con las mismas condiciones que desde su sanción en junio de 2020 y todos los contratos que se firmen hasta entonces seguirán con los esos parámetros.
De la misma manera, los contratos que ya fueron firmados mantendrán la norma que rige actualmente. Quienes firmaron un acuerdo en octubre, podrán quedarse en el mismo inmueble hasta el mismo mes de 2026 y los ajustes seguirán siendo interanuales por el Índice de Contratos de Locación (ICL) que estipula el Banco Central.
Reforma de la Ley de Alquileres
El dictamen impulsado por el oficialismo establece tres años como plazo mínimo legal de locación y agrega que “los contratos de locación con destino” a vivienda serán estipulados “en valor único en moneda nacional y por períodos mensuales sobre el cual podrán realizarse ajustes con periodicidad a intervalos no inferiores a seis meses”.
También modifica el mecanismo de actualización del precio de los alquileres y toma el Coeficiente Casa-Propia que publica el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat, que se compone del menor indicador entre el promedio de la variación salarial del último año y el promedio de la inflación del mismo período.
Este punto fue cuestionado por la oposición cuando el legislador porteño Martín Lousteau argumentó que “si la inflación baja, la gente va a pagar por encima del índice inflacionario”. ”¿Pero y si la inflación sube?”, le preguntó el presidente de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, el riojano Ricardo Guerra, a lo que Lousteau respondió: “Si la inflación sube, entonces vamos a tener otro problema más grave”.
El dictamen del oficialismo también modifica la norma venida en revisión de Diputados al incorporar un último párrafo sobre el artículo nueve y establecer que “los ingresos provenientes de locación de hasta dos inmuebles estarán exentos del pago del monotributo”.
Finalmente, el dictamen de mayoría suma un nuevo artículo, el número doce sobre el Impuesto a las Ganancias: “Las partes podrán deducir del Impuesto a las Ganancias la suma equivalente al diez por ciento del monto anual del contrato de locación”.
Con información de Télam y Ámbito