Qué debés hacer para evitar sanciones si el día de las elecciones estás viajando
Ir a votar es una obligación para los ciudadanos mayores de 18 y menores de 70 años.
El próximo domingo 19 de noviembre se definirá el futuro presidente del país, con la segunda vuelta de las elecciones presidenciales 2023.
Sin embargo, muchos argentinos no ejercerán su derecho al voto, o dicho desde otro lugar, no cumplirán con su deber cívico, ya que la fecha coinciden con un fin de semana largo que muchos aprovechan para viajar.
En Argentina, el voto es obligatorio para los ciudadanos mayores de 18 años y menores de 70 años. Quienes no cumplan con esta obligación y no presenten una justificación válida ante la Justicia Electoral, deberán pagar una multa económica.
Qué tengo que hacer si estoy de viaje
Según determina la Cámara Nacional Electoral (CNE), quienes se encuentren a más de 500 kilómetros de distancia de su lugar de votación podrán acudir a la autoridad policial más cercana para obtener un certificado escrito, documento suficiente para omitir cualquier sanción.
Dicho certificado llevará el título de “Constancia de no emisión del voto”. De esta manera, el elector no ingresará en el Registro de Infractores al deber de votar.
El Registro de Infractores es una base de datos articulada por la Cámara Nacional Electoral (CNE) en el que figuran la cantidad de veces que los ciudadanos habilitados para votar no hayan cumplido con el deber cívico.
Si no voté en las generales: ¿puedo hacerlo en el balotaje?
Nada indica que exista una prohibición o limitación para votar en el balotaje habiendo estado ausente en los comicios primarios y/o en las generales, pero sí existe multa para quienes hayan decidido no sufragar y no puedan justificarlo ante la Justicia Nacional Electoral, además de la incorporación al Registro de Infractores al deber de votar.
Quiénes están exentos a recibir multas por no votar
- Los jueces y sus auxiliares que por imperio de esta ley deban asistir a sus oficinas y mantenerlas abiertas mientras dure el acto comicial;
- Los que el día de la elección se encuentren a más de quinientos (500) kilómetros del lugar donde deban votar y justifiquen que el alejamiento obedece a motivos razonables. Tales electores se presentarán el día de la elección a la autoridad policial más próxima, la que extenderá certificación escrita que acredite la comparecencia;
- Los enfermos o imposibilitados por fuerza mayor, suficientemente comprobada, que les impida asistir al acto. Estas causales deberán ser justificadas en primer término por médicos del servicio de sanidad nacional; en su defecto por médicos oficiales, provinciales o municipales, y en ausencia de éstos por médicos particulares.
- El personal de organismos y empresas de servicios públicos que por razones atinentes a su cumplimiento deban realizar tareas que le impidan asistir al comicio durante su desarrollo. En ese caso el empleador o su representante legal comunicarán al Ministerio del Interior y Transporte la nómina respectiva con diez (10) días de anticipación a la fecha de la elección, expidiendo, por separado, la pertinente certificación.
Cuánto hay que pagar de multa por no votar
Una vez pasado el plazo de los 60 días para presentar la justificación ante la Justicia Electoral, la multa quedará en el Registro de Infractores.
Los precios aumentan de la siguiente manera, dependiendo si existen infracciones previas sin regularizar:
- Si el elector no tiene infracciones previas sin regularizar: $50.
- Si el elector tiene 1 infracción previa sin regularizar: $100.
- Si el elector tiene 2 infracciones previas sin regularizar: $200.
- Si el elector tiene 3 infracciones previas sin regularizar: $400.
- Si el elector tiene 4 o más infracciones previas sin regularizar: $500.
La multa por no votar puede abonarse directamente en la web del CNE con cualquier medio de pago digital, o bien de forma presencial en alguna de las sedes del Banco de la Nación Argentina (BNA) en efectivo, con Mercado Pago o con transferencia bancaria.