Plan de Pago de Deuda Previsional: quiénes y cómo pueden inscribirse

Esta semana comenzó la atención de turnos. Con esta iniciativa se beneficiarán unas 800 mil personas.

El lunes fue el primer día de atención de turnos para inicio de jubilaciones en el marco del Plan de Pago de Deuda Previsional destinado a unos 800 mil argentinos que ya tienen la edad para jubilarse pero no los años de aporte.

La ley se oficializó el pasado 31 de marzo y desde entonces se encuentran habilitados los turnos en www.anses.gob.ar.

¿A quiénes alcanza?

  • Mujeres de 60 años o más y varones de 65 años o más que no poseen los 30 años de aportes requeridos.
  • Podrán regularizar períodos faltantes hasta diciembre de 2008 inclusive.
  • El Plan de Pago de Deuda Previsional es incompatible con otras moratorias previsionales que no se hayan saldado antes del 31 de diciembre de 2021.

Evaluación socioeconómica

ANSES realizará, junto con la AFIP, la evaluación socioeconómica de acuerdo a los siguientes parámetros:

  1. Ingresos Brutos anuales de la persona solicitante.
  2. Patrimonio del Impuesto sobre los Bienes Personales, tenencia de bienes informados por la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor o por la Administración Nacional de Aviación Civil o la Prefectura Naval Argentina o créditos prendarios.
  3. Gastos y consumos efectuados con tarjetas de crédito y débito.

Cuotas

  • El monto a descontar no podrá exceder las 120 cuotas mensuales.
  • No deberá exceder el 30 por ciento del haber mínimo vigente.

Qué podés hacer antes de que llegue el día del turno

En caso de que tengas certificaciones de servicio de actividades laborales que hayas realizado, recordá traerlas.

Si sos mujer y tenés hijas y/o hijos, revisá que tus vínculos familiares estén actualizados y acreditados en mi ANSES. En caso de que no los tengas actualizados, el día del turno vas a tener que traer tu DNI y las partidas de nacimiento de cada una de tus hijas e hijos para poder computar los períodos de aportes por Tareas de Cuidado.

Personas que aún no alcanzaron la edad jubilatoria (Próximamente)

Mujeres de entre 50 y 59 años y varones de entre 55 y 64 años que ya saben que, al cumplir la edad para jubilarse, no contarán con los 30 años de aportes requeridos.

Qué períodos podrán regularizar

Podrán regularizar períodos faltantes hasta el 31 de marzo de 2012 inclusive.

Las personas podrán identificar los períodos de aportes a regularizar y cancelarlos de acuerdo a sus posibilidade