Nuevo decreto de Javier Milei: los jóvenes de 18 años podrán portar y adquirir armas de fuego

El decreto justificó la decisión al “reconocer la capacidad de los ciudadanos”. Hasta hoy se establecía como requisito para poseer armas tener al menos 21 años

La edad para poder ser legítimo usuario de armas de fuego en la Argentina bajó de 21 a 18 años, según confirmó el gobierno nacional en el decreto 1.081/2024 del Boletín Oficial, publicado este martes con las firmas del presidente de la Nación, Javier Milei; el Jefe de Gabinete, Guillermo Francos; y la Ministra de Seguridad, Patricia Bullrich.

Conforme a lo destacado en el escrito, se dispuso la modificación del artículo 55 de la Ley N° 20.429, el cual establecía que una persona puede ser dueño de un arma a sus 21 años.

“Corresponde modificar el citado artículo 55 de la Reglamentación de la Ley N° 20.429 aprobada por el mencionado Decreto N° 395/75 y sus modificatorios, a efectos de armonizar la legislación vigente, reconociendo la capacidad de los ciudadanos para ser legítimos usuarios de armas a partir de los dieciocho (18) años”, destaca el Boletín Oficial.

La Ley Nacional de Armas y Explosivos (20.429) establece disposiciones sobre el uso, venta, transporte y registro de armas, municiones, explosivos y productos pirotécnicos.

Previamente, el gobierno había realizado una modificación en los requisitos para el uso legal de armas: estableció que los usuarios tanto de uso civil o de uso civil condicional podrán renovar su credencial de legítimos usuarios individuales sin necesidad de presentación del certificado de idoneidad en el manejo de armas de fuego, siempre y cuando lo hayan requerido dentro de los 90 días anteriores a su expiración.

Los requisitos para ser usuarios de armas

  • Ser mayor de 18 años.
  • No presentar anormalidades psíquicas o físicas que incapaciten al peticionante para la tenencia de armas de fuego. Cuando existieren razones fundadas, podrá exigirse la presentación de certificado médico.
  • Acreditar ante la dependencia policial con jurisdicción en el domicilio del interesado, identidad, domicilio real y medios de vida lícitos. Esta emitirá certificación al respecto así como de la no existencia de antecedentes policiales o penales e imprimirá un juego de fichas dactiloscópicas con destino al Registro Nacional de Armas.

Fuente: DIARIOUNO