Medicina prepaga: hasta cuándo hay tiempo de certificar los ingresos para el tope en los aumentos
Los titulares deben completar una declaración jurada en el sitio de la Afip.
Las personas que sean titulares de un plan de medicina prepaga y que posean ingresos netos menores a seis salarios mínimos, vitales y móviles pueden solicitar el tope de aumento de cuota hasta un 90% del Índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) del mes inmediato anterior publicado, por un plazo de 18 meses consecutivos.
La Superintendencia de Servicios de Salud a través de la Resolución 02/2023, reglamentó la aplicación del Decreto N° 743/2022. Los usuarios deben completar la Declaración Jurada de Certificación de Ingresos del 1 al 20 de cada mes, ingresando con CUIT y clave fiscal con nivel de seguridad 3, como mínimo, al servicio “Mi SSSalud”, al que se accede desde el sitio web de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). El procedimiento se detalla en la guía paso a paso ¿Cómo hacer la certificación de ingresos para usuarios de entidades de medicina prepaga?
Con la presentación de esta declaración jurada, las empresas de medicina prepaga pueden aplicar el tope en el incremento de la cuota a quienes tengan ingresos inferiores a 6 salarios mínimos.
Requisitos
-Ser titular de un plan comercializado por una entidad de medicina prepaga
-Tener ingresos inferiores a 6 salarios mínimos, vitales y móviles
-Poseer clave fiscal con nivel de seguirdad 3, como mínimo.
Fuente: El Sol Diario