La pirotecnia sonora está prohibida en toda la provincia: dónde denunciar

Las multas oscilan entre: por infracción a la Ley 6954, de $20.730 a $34.400, reincidencia infracción Ley 6954, de $41.460 a $68.810 e infracción articulo 3° de la Ley 6954, $103.230.

Se aproximan las vísperas de Navidad y Año Nuevo y se encuentra vigente la Ordenanza que prohíbe y sanciona el uso de pirotecnia sonora en toda la provincia de Mendoza.

Bajo el amparo de la Ordenanza N°46/2016 -que imposibilita la utilización, tenencia, acopio, exhibición, fabricación y expendio al público de pirotecnia sonora. Por tal motivo, la Municipalidad de Tupungato recordó hoy a través de un comunicado la importancia de tener en cuenta esta prohibición que busca velar por la salud y seguridad de los vecinos.

La medida radica sobre el daño que provocan este tipo de artefactos pirotécnicos fundamentalmente en: personas que padecen T.E.A. (Trastornos del Espectro Autista), trastornos psíquicos, enfermedades del sistema nervioso central, entre otras; en mascotas e incluso en aquellas personas que hacen uso imprudente de estos productos y terminan necesitando asistencia médica.

La Organización Mundial de la Salud (OMS) establece que el oído tiene como tolerancia máxima al ruido un umbral de 65 decibeles (dB), luego de eso ya provoca afecciones. Los artificios pirotécnicos sonoros superan los 140 dB, lo que produce en las personas afecciones auditivas y extra auditivas negativas.

Por otra parte, especialistas aseguran que el ruido generado provoca en las mascotas taquicardia, temblores, aturdimiento y pérdida de control, siendo los perros los más afectados ya que tienen un delicado sistema auditivo, este puede soportar alrededor de 85 dB.

Denuncias en Tupungato

En caso de que algún vecino advierta la venta ilegal de pirotecnia sonora, uso u otra medida que no cumpla con la Ordenanza establecida, desde la comuna solicitan dar aviso o denunciar en el Área de Comercio e Industria de la Dirección de Fiscalización y Control -1° piso del edificio Municipal, Av. Belgrano 348- de lunes a viernes de 7 a 16 horas, o comunicarse telefónicamente al 2622-578427.

Por otra parte, la Municipalidad de Tupungato no prohíbe el uso de artificios lumínicos, la intención es hacer de las celebraciones familiares y/o eventos, encuentros seguros y tranquilos para el disfrute de toda la comunidad.

Multas

Según los valores vigentes de ley tributaria 9277/21 art. A-13,  las multas oscilan entre: por infracción a la Ley 6954, de $20.730 a $34.400, reincidencia infracción Ley 6954, de $41.460 a $68.810 e infracción articulo 3° de la Ley 6954, $103.230.

(Fuente: Con información de Prensa Tupungato y Gobierno de Mendoza)