Esta legislación, también conocida como Ley 27642, introduce un sistema de etiquetado que ofrece información clara en los envases de alimentos y bebidas analcohólicas, facilitando a los consumidores tomar decisiones más informadas sobre sus opciones de consumo.
La Dirección de Defensa del Consumidor destaca la Ley de Etiquetado Frontal como promotora de una alimentación saludable y protectora de los derechos de los consumidores. Esta ley tiene objetivos claros y ambiciosos:
· Informar. Derecho a una alimentación adecuada y saludable: la Ley de Etiquetado Frontal busca garantizar el derecho fundamental a una alimentación adecuada y promover la salud. Para lograrlo, proporciona a los consumidores información nutricional comprensible en los envases de productos .
· Alertar. Uno de los aspectos más destacados es la incorporación de sellos de advertencia en la cara principal de los envases (octógonos). Con estos indicadores se busca alertar a los consumidores sobre los excesos de ciertos nutrientes como azúcares, sodio, grasas saturadas, grasas totales y calorías, y prevenirlos en el consumo excesivo de estos componentes.
· Prevenir enfermedades crónicas: al brindar información clara y accesible sobre el contenido nutricional de los productos, la ley aspira a prevenir la malnutrición y reducir la incidencia de enfermedades crónicas no transmisibles en la población.
En este sentido, Mónica Lucero, titular de Defensa del Consumidor de Mendoza, destacó: “Es una ley sumamente importante y de avanzada para la Argentina con la que se brinda información detallada y verdadera a la población sobre los alimentos que se comercializan en nuestro país, y es necesario que prestemos atención y tomemos conciencia acerca de lo que consumimos”.
“Y es también un mensaje para la industria para que vuelva a elaborar productos más saludables para la población”, concluyó la funcionaria provincial.
Sellos de advertencia y excepciones
Los productos que superen los valores establecidos para los nutrientes críticos y el valor energético deberán llevar sellos de advertencia en su cara principal. Estos sellos, que tendrán la forma de octógonos negros con letras blancas, ocuparán al menos el 5% de la superficie de la cara principal del envase. Además, no podrán ser cubiertos por ningún otro elemento, asegurando así su visibilidad.
Cabe mencionar que ciertos productos están exentos de llevar estos sellos de advertencia en sus envases, por ejemplo: azúcar común, aceites vegetales, frutos secos y sal común de mesa.
¿Quiénes deben cumplir con la ley?
La Ley de Etiquetado Frontal aplica a todas las partes involucradas en la cadena de producción y comercialización de alimentos y bebidas analcohólicas en la Argentina. Esto incluye a fabricantes, productores, envasadores, distribuidores, comerciantes, importadores y cualquier otra entidad relacionada con estos productos.
La implementación de la Ley de Etiquetado Frontal representa un paso significativo en la búsqueda de una sociedad más consciente y saludable. Al brindar a los consumidores información clara y relevante sobre los productos que eligen, se espera fomentar la toma de decisiones más informadas y, en última instancia, contribuir a la mejora de la salud pública.
Fuente: Prensa Gobierno de Mendoza