La Corte Suprema suspendió las elecciones de San Juan y Tucumán previstas para el domingo

El máximo tribunal aceptó una medida cautelar impuesta en cada una de esas provincias por la oposición donde cuestionan la legitimidad de los candidatos.

La Corte Suprema suspendió las elecciones a gobernador y vicegobernador en las provincias de Tucumán y San Juan. Lo resolvió, como medida cautelar, cuando faltan cinco días para los comicios.

El eje del conflicto en ambas provincias es la supuesta inconstitucionalidad de las candidaturas a gobernador o vice de los postulantes peronistas. Se trata de San Juan y Tucumán, donde Sergio Uñac y Juan Manzur pretenden permanecer o volver a la fórmula provincial, pese a que ya la ocuparon en más de tres períodos.

Según Infobae, en Tucumán, el conflicto gira sobre la candidatura del ex jefe de Gabinete Juan Manzur, quien se postula como vicegobernador luego de haber ejercido la Gobernación durante dos períodos consecutivos.

Por su parte, en San Juan, la oposición cuestiona a Sergio Uñac, quien pretende ser gobernador nuevamente luego de tres períodos consecutivos.

Con la firma de los jueces Horacio RosattiJuan Carlos Maqueda y Carlos Rosenkrantz, la Corte Suprema declaró “la competencia originaria” del máximo tribunal y ordenó requerir a las dos provincias “el informe circunstanciado” para ser entregado en los próximos cinco días.

EL CASO DE SAN JUAN

La alianza electoral “San Juan por Todos” argumentó en Cuyo que, según la Constitución de San Juan, el gobernador y el vicegobernador deben permanecer en el poder durante cuatro años y tienen la posibilidad de ser reelegidos consecutivamente hasta en dos ocasiones.

“Por cuanto ha cumplido, según sostienen tres períodos constitucionales consecutivos en el desempeño de las magistraturas de vicegobernador y gobernador, que fue elegido vicegobernador por el período constitucional 2011-2015 y luego elegido gobernador en los dos períodos consecutivos siguientes (2015-2019 y 2019-2023)”, expresaron en un la presentación judicial.

Según añaden, “la eventual reelección de Uñac resultaría en su permanencia en el cargo por un cuarto período, lo cual está explícitamente prohibido por la norma”. Por otro lado, el partido oficialista peronista argumenta que los cargos de gobernador y vicegobernador no son iguales ni similares según la misma Constitución, por lo que no se debería considerar el período en que Uñac se desempeñó como vicegobernador de José Luis Gioja en el cálculo actual.

EL CASO DE TUCUMÁN

En Tucumán, se utilizó una aritmética compleja en relación a la candidatura de Juan Manzur, quien ha ocupado el cargo de vicegobernador dos veces, entre 2007 y 2015, y ha sido gobernador dos veces, desde 2015 hasta la actualidad. En este caso, el artículo 90 de la Constitución fue objeto de una interpretación confusa y contradictoria, ya que permite al vicegobernador postularse como candidato a gobernador después de dos períodos en el cargo, pero no está claro si un gobernador que ha cumplido dos mandatos consecutivos puede postularse como candidato a vicegobernador.

La Corte de Tucumán autorizó a Manzur para presentarse como candidato, como era de esperar. Hasta último momento, se barajaron varias opciones, incluida la posibilidad de competir por la presidencia. “Declarar que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 90 de la Constitución de Tucumán, el gobernador que ha sido elegido en dos ocasiones consecutivas para el mismo cargo puede ser propuesto y elegido como candidato a vicegobernador en el siguiente período”, señala la sentencia de la Corte de Tucumán de noviembre pasado, cuya apelación fue resuelta por el tribunal nacional más alto.

Había muchas especulaciones sobre la decisión que tomaría la Corte Suprema en relación a estos casos. Con el paso de los días, parecía que lo más probable era que se pronunciara después de las elecciones, lo que habría dejado los reclamos en un terreno abstracto. Era difícil imaginar que el máximo tribunal ordenara repetir las elecciones sin la inclusión de Uñac y Manzur en las nuevas boletas.

Se estaban considerando también casos anteriores en los que la Corte había intervenido en cuestiones electorales, como la autorización a la provincia de Santa Cruz para mantener su polémico sistema de Ley de Lemas, al considerar que era un asunto propio de esa jurisdicción y que el sistema federal de gobierno les impedía intervenir.

Sin embargo, la Corte también ha impedido que el santiagueño Gerardo Zamora, el riojano Sergio Casas y el rionegrino Alberto Weretilneck se presenten a elecciones en el pasado.

En marzo de 2019, cuando rechazó la postulación de Alberto Weretilneck para una reelección en Río Negro y la candidatura del entonces gobernador Sergio Casas en La Rioja, los ministros tomaron como antecedente la sentencia de la Corte de 2013 que impidió la reelección de Gerardo Zamora en Santiago del Estero.

Cuando Sergio Casas, que era gobernador de La Rioja, y Alberto Weretilneck, quien era el máximo mandatario de Río Negro por un partido provincial, intentaron presentarse en 2019 para un tercer mandato después de haber sido vicegobernadores y luego gobernadores, la Corte también lo rechazó.

Fuente: Los Andes