Desde enero, las aseguradoras pedirán la RTO para las pólizas de los vehículos
La Resolución fue publicada en el Boletín Oficial por parte de la Superintendencia de Seguros de la Nación.
La Superintendencia de Seguros de la Nación despejó dudas respecto de la cobertura o no de las aseguradoras a vehículos sin RTO. En su última resolución, determinó que para la celebración de una póliza en el 2024 “las entidades aseguradoras deberán exigir el cumplimiento de la revisión técnica obligatoria”.
La resolución Nº 534/2023 publicada el viernes en el Boletín Oficial señala las nuevas reglas para la actividad de las aseguradoras y establece que las mismas serán de aplicación dentro de 60 días, es decir, desde fines de enero.
Entre los cambios, la Nación establece ahora sin dudas y por escrito, que “previo a la celebración del contrato de seguro, las entidades aseguradoras deberán exigir el cumplimiento de la revisión técnica obligatoria (RTO) o que el vehículo esté en condiciones reglamentarias de seguridad si aquélla no se ha realizado en el año previo”.
La cobertura obligatoria incluirá la RTO
La cobertura básica de la póliza será, como hasta ahora, la “Responsabilidad Civil Obligatorio hacia Terceros Transportados y no Transportados” que exige la Ley de Tránsito y Seguridad Vial N° 24.449 y seguirá teniendo una vigencia de un año.
Ahora bien, para la celebración de la nueva póliza, la entidad deberá exigirle al cliente que tenga la RTO realizada o que su vehículo esté en condiciones reglamentarias de seguridad si aquella no se ha realizado en el año previo.
La normativa establece además que las coberturas voluntarias, como la de Responsabilidad Civil Voluntaria, Daños, Incendio y Robo o Hurto, “se otorgarán mediante endoso a la póliza básica” y que su vigencia puede ser inferior a un año con renovación automática hasta la finalización de la vigencia de la póliza.
“Cuando se otorguen coberturas accesorias voluntarias de Daños y/o Incendio y/o Robo o Hurto, la entidad aseguradora indefectiblemente deberá otorgar también la cobertura de Responsabilidad Civil – Seguro Voluntario”, marca el artículo 5.
“La presente resolución será de aplicación en el plazo de 60 días corridos desde su publicación en el Boletín Oficial, debiendo las aseguradoras adecuar, a su renovación, los contratos vigentes”, marcó la norma que se publicó el 24 de noviembre.
En Mendoza sólo un tercio hizo la RTO en el 2023
Eduardo Toranzo, vicepresidente de la Cámara de RTO de Cuyo, aseguró a principios de noviembre que son muy pocos los mendocinos que este 2023 realizaron la revisión en sus vehículos.
Además, adelantó que desde el 1 de enero del 2024 habrá un importante incremento de los precios de la RTO.
Los valores actuales son los que se aplican desde el 1 de octubre.
Esos precios podrían sufrir un incremento aproximado del 40% desde el 1 de enero de 2024.
Los vehículos que deben hacer la RTO cada dos años, por adecuación de la ley provincial a la nacional, son los que tienen de 3 años en adelante de antigüedad. Los que tienen desde 7 años en adelante, la tienen que hacer una vez por año.