Certificado Único de Discapacidad sin vencimiento: el gobierno estableció los nuevas reglamentaciones

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El Gobierno reglamentó los primeros cambios al sistema de emisión del Certificado Único de Discapacidad (CUD) sin vencimiento implementados en enero y fijó los criterios para su otorgamiento.

A través de la Resolución 1654/2024 de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), publicada este martes en el Boletín Oficial, el Ejecutivo estableció los requisitos para entregar el documento.

“Para garantizar que las personas con discapacidad tengan pleno acceso a sus derechos, es fundamental simplificar y desburocratizar los trámites, proporcionando transparencia en los procedimientos de certificación, y asegurando el acompañamiento permanente del Estado, incluyendo la actualización sistemática de datos de personas certificadas, para un seguimiento continuo y adecuado de sus necesidades y sus derechos”, define la norma.

Los criterios para la emisión del Certificado Único de Discapacidad sin vencimiento

Renovaciones previas: personas que al momento de la evaluación tengan emitidos previamente 2 certificados de discapacidad, cuyo perfil de funcionamiento e impacto en la vida cotidiana se mantenga constante a lo largo del tiempo, haciendo hincapié en el calificador de capacidad del componente Actividad y Participación (CIF).

Persona mayor: personas que al momento de la evaluación tengan más de 60 años y mantengan sus estructuras y funciones corporales en condiciones constantes durante al menos 5 años.

Necesidad de equipamiento permanente: personas que al momento de la evaluación requieran de equipamiento y/o dispositivos de uso permanente para preservar las funciones vitales.

Además, en el anexo de la normativa se especifica que “se podrá solicitar la actualización del CUD cuando se produzca un cambio en el perfil de funcionamiento de la persona con discapacidad que impida su participación plena y efectiva en la sociedad en igualdad de condiciones con las demás”.

¿Quiénes pueden solicitar el CUD?

Cualquier persona con una alteración funcional, permanente, transitoria o prolongada, física, sensorial o mental, que implique desventajas considerables para su adecuada integración familiar, social o laboral puede pedir el CUD. Esa alteración puede estar vinculada a distintas áreas:

Intelectual y Mental

Visual

Motor

Auditivo

Respiratorio

Cardiovascular

Renal urológico

Digestivo / Hepático

¿A qué derechos permite acceder el CUD?

Cobertura del 100% en las prestaciones de rehabilitación (medicamentos, equipamiento, tratamientos).

Traslados gratuitos en el transporte público terrestre.

Ayuda escolar anual por hijo con discapacidad, asignación familiar por hijo con discapacidad, asignación por cónyuge con discapacidad.

Fuente: C5N

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