Según lo establece el Art. 22 de la Ley Orgánica Municipal 1079 se encuentra habilitada la inscripción en el Padrón de Extranjeros hasta el miércoles 31 de julio.
Requisitos para empadronarse
-Ser extranjero/a mayor de 18 años.
-Tener 2 (dos) o más años de residencia en el departamento, acreditada con Certificado de Residencia expedido por el Registro Civil.
-Boleto y acreditación de pago de las tasas municipales.
-Una foto carnet (4×4).
-Documento de Identidad/Cédula de Extranjería
Inscripciones
Para empadronarse las personas oriundas de otros países que cumplan y acrediten los requisitos detallados, deberán acercarse a “Mesa de Entrada” de la Municipalidad que funciona en el edificio comunal, (Avenida Belgrano 348). Las inscripciones se tomarán de lunes a viernes de 9 a 12h.
Asimismo aquellos extranjeros que posean libreta cívica municipal deberán renovar su inscripción en el mismo período.
Consultas
Cualquier duda en relación a los requisitos exigidos y/o sobre el proceso de la inscripción, se puede evacuar de forma personal de lunes a viernes de 9 a 12h en la oficina de Asesoría Legal, en la misma dirección municipal.