Las tareas de poda y desrame sólo puede ser realizada por los organismos oficiales y empresas de servicios autorizadas. En este marco, de acuerdo a la ley, se establecerán multas hacia quienes no cumplan con esta regla.
De acuerdo a la legislación vigente, se aplicarán multas a los vecinos y
particulares que poden el arbolado público o a quienes contraten a terceros para realizarlo. Las mismas oscilarán los $300 y $2000.
La Dirección de Recursos Naturales Renovables aseguró que es necesario destacar que los forestales del arbolado público no se podan en su condición de adulto. Cuando mas grande y desarrollado es el árbol, mayores son los beneficios que aporta: mas sombra, mayor filtración de rayos ultravioletas, atenuación de ruidos urbanos y suburbanos, fijación de partículas atmosféricas (viento Zonda), humidificación del ambiente, que permite ahorro energético y atenúa el efecto del calentamiento global.
Además resaltó que la defensa del arbolado público excede el accionar de los organismos competentes y solo podrá llevarse a cabo exitosamente si la comunidad toma conciencia de los peligros que se ciernen sobre el mismo, y se convierte en defensora de este importante patrimonio que es el resultado del esfuerzo de varias generaciones de mendocinos