El ente modificó el esquema de cálculo que aplica sobre quienes cobran aportes, por lo que a partir de 2019, más personas deberán abonar este impuesto.
A partir de una circular interna, en enero la ANSeS cambió la forma de medir el Impuesto a las Ganancias para los jubilados y pensionados.
Hasta ahora, cada haber que recibía un beneficiario -ya sea jubilación o pensión- se consideraba en forma separada para calcular el impuesto.
Ahora, se sumarán y si el monto supera los seis ingresos mínimos -es decir los $ 55.854- los jubilados comenzarán a sufrir retenciones mensuales, como sucede con los empleados. La nueva modalidad empieza a regir con el pago de enero.
Así, el beneficiario pasará de pagar por cada una de las retribuciones a pagar por CUIL.
Jubilados y empleados tienen diferentes mínimos no imponible. Mientras que para los trabajadores en relación de dependencia es de $ 38.301, para los jubilados es de $ 55.854 y pasará a ser de $ 62.462 a partir de marzo, cuando se aplique la actualización ya prevista.
Pero esa base no imponible rige si el jubilado no tiene otros ingresos (renta o salario) y si no paga Bienes Personales.