Desde la invasión española, la tortura en manos de funcionarios del Estado ha sido utilizada como un instrumento de dominación.
Según Ricardo Rodríguez Molas, autor del libro “Historia de la tortura y el orden represivo en la Argentina”, “todas las ciudades de América española poseen o poseyeron su rollo o picota. Lo primero que hacían los fundadores era levantar el instrumento de la pena física y del temor colectivo. (…) En todas las ciudades del actual territorio argentino, luego de haberse redactado el acta de fundación, nombrado el Consejo, los primeros fundadores instalan en la plaza mayor el rollo que representa la justicia real, figura que alude a la soberanía de la Corona y al derecho de ésta o de sus representantes a imponer los castigos corporales.”
Numerosos textos coloniales hacen mención a la legalización de la tortura. Por ejemplo: en Buenos Aires el 31 de enero de 1637, el gobernador Pedro Esteban Dávila anuncia por bando público que»el negro o negra o india que echara la basura en la calle, lleva pena de cien azotes, que se darán en el rollo de la plaza pública».
Desde el comienzo, mientras a los sectores dominantes se les imponían multas a los pobres, (desposeídos de títulos y propiedades) se les aplicaban azotes, mutilaciones, trabajos forzados e incluso la condena a muerte. En 1797, una ordenanza de carácter municipal que regulaba el trabajo de los aguateros en Buenos Aires, mientras establecía sanciones de cuatro años de presidio a los blancos que transgredieran la norma, a los negros, indios y mestizos, además de lo estipulado, se le agregaba cien o más azotes.
En general el “escarmiento” debía darse en público, asegurando así la promoción del terror en la población.
En la administración de “justicia”, los españoles instituyeron la tortura como método para la obtención de confesiones o información y como sanción, que no siempre presuponía la existencia de un juicio. Reseña Rodríguez Molas: “En 1789 (…) los cabildantes de Córdoba informan a los miembros de la Real Audiencia que siempre habían flagelado a los negros e indios sin necesidad de un juicio previo y ante la acusación de un vecino.”
Si bien en España, la cabeza del imperio, se dictaron a principios del siglo XIX normas aboliendo la tortura, apremios o coacciones contra los presos y los simples delitos, en la ciudad de Buenos Aires era práctica común que los hacendados y comerciantes enviaran a sus esclavos al Cabildo para que el verdugo oficial les diera unos azotes y lo encerrara algunos días para disciplinarlos. También en las estancias de las provincias eran frecuentes los castigos en cepos y grillos, el flagelamiento y las estaqueadas de los peones rurales.
Tampoco la Asamblea de 1813, que dispuso la destrucción de los instrumentos de tortura en el Río de la Plata, logró evitar que décadas más tarde los elementos de tormento se siguieran aplicando. Un inventario de la cárcel de Buenos Aires, realizado en 1851, registra aún la presencia del «potro de castigar», que lejos estaba de ser una pieza de museo.
Juan Bautista Alberdi, ideólogo de la Constitución Nacional de 1853, en su libro “Bases”, reconoció la existencia en nuestro país de la práctica de los azotes y las ejecuciones por medio del cuchillo, de la lanza y del fuego y propuso abolirlas para siempre.
Otro liberal, Bartolomé Mitre, no opinaba lo mismo. Decía Mitre entonces: «El que levanta la voz al sargento como el que levanta la espada al coronel, comete un acto de insurrección y merece una pena grave; y si los azotes están abolidos, se precisa matar al hombre por una pequeña falta cualquiera». (…) Digo, pues, que la penalidad de azotes es más humana, considerada filosóficamente».
Afortunadamente primó la defensa de los derechos humanos y la Constitución sancionada en 1853, dispuso la abolición de la pena de muerte por causas políticas, toda especie de tormento y los azotes y que las cárceles deban ser sanas y limpias, para seguridad y no para castigo de los reos detenidos en ellas –de acuerdo reza el art. 18-.
Después de casi ciento sesenta años, la definitiva abolición de la tortura en la cárceles argentinas sigue siendo una dolorosa deuda pendiente.
El miércoles pasado, el Jefe de Gabinete del gobierno nacional, Jorge Capitanich, anunció que el poder ejecutivo presentará en el Congreso un proyecto de ley para reformar el sistema penitenciario nacional, “para modificar el carácter militar jerárquico por un sistema que dé cumplimiento estricto de los parámetros del artículo 18 de la Constitución nacional», según las propias palabras del coordinador de ministros.
Esta orientación va en línea consecuente con lo que Capitanich ya hizo cuando ejercía la gobernación del Chaco. En esa provincia, en el año 2009 se sancionó la ley 6.483 que permitió que se pusiera en funciones en 2012, por primera vez en la Argentina y por segunda vez en América latina, un organismo oficial contra la tortura. El “Comité Provincial de Prevención de la Tortura y Otros Tratos y Penas Crueles, Inhumanos y/o Degradantes” del Chaco tiene por finalidad “fortalecer la vigencia y el cumplimiento de los derechos y garantías de las personas que se encuentren privadas de su libertad velando por el mejoramiento de las condiciones de detención de éstas y, reforzar la protección de las mismas contra todo tipo de trato o penas prohibidas por nuestra legislación vigente y las normas internacionales, así como procurar la prevención y el logro de la erradicación de la tortura y otros tratos o penas crueles inhumanos o degradantes”, -art. 4, Ley provincial 6.483-.
En muy pocas provincias se han dado avances en el último tiempo. Mendoza es una de ellas. En abril de este año, se constituyó el “Comité para la Prevención de la tortura, tratos crueles y degradantes” integrado por funcionarios públicos y miembros de organismos defensores de los derechos humanos. El Comité ya está realizando su trabajo en penales, comisarías, hospitales psiquiátricos e instituciones de responsabilidad penal juvenil, donde se encuentran personas privadas de la libertad que pudieran ser objeto de cualquier tipo de violencia institucional.
Ojalá estos sean los primeros y definitivos pasos históricos para que nunca más nadie sea torturado, ni ofendida la dignidad humana de manera alguna.
Ricardo Nasif (Fuente: La Quinta Pata)