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Oficializan las fechas de las elecciones: las PASO serán el 13 de agosto y las generales el 22 de octubre

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Recordaron que votar en las primarias de agosto es obligatorio. Mendoza elige cinco diputados nacionales y tres suplentes.

El Gobierno oficializó hoy fecha a las elecciones legislativas de 2017 para el próximo 22 de octubre, con primarias obligatorias previas el 13 de agosto, informaron fuentes oficiales.

La fecha quedó establecida este miércoles, a través de la publicación de un decreto en el Boletín Oficial, y servirá para renovar 127 de las 257 bancas de la Cámara de Diputados, para un mandato de cuatro años.

En el caso del Senado estarán en juego un tercio de los asientos del recinto (24), correspondientes a los distritos de Buenos Aires, Formosa, Jujuy, La Rioja, Misiones, San Juan, San Luis y Santa Cruz.

Los comicios llegarán después de dos años en los que ninguna fuerza tenía la mayoría.

El oficialista frente Cambiemos, liderado por el presidente Mauricio Macri, buscará ampliar su presencia en las cámaras a fin de hacer ley sus medidas sin depender tanto de la negociación con otras fuerzas.

El peronismo, muy dividido, buscará recuperar fuerzas tras las derrotas de los pasados comicios generales, celebrados a finales de 2015.

En el texto, el Ejecutivo «convoca», en primer lugar, «al electorado de la Nación Argentina a las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias para la elección de candidatos a senadores y diputados nacionales el día 13 de agosto de 2017».

La celebración de primarias es obligatoria y se realizan siempre el segundo domingo de agosto del año correspondiente.

A continuación, el Gobierno llama a los ciudadanos a «que el 22 de octubre de 2017, proceda a elegir senadores y diputados nacionales según corresponda a cada distrito».

Se cumple así también lo establecido por la legislación, que especifica que las generales deben tener lugar el cuarto domingo del mes de octubre anterior a la finalización de los mandatos.

El decreto también dispone que el Ministerio del Interior, a través de la Dirección Nacional Electoral, será el encargado de la organización y realización de los comicios.

ARTÍCULO 1º.- Convócase al electorado de la Nación Argentina a las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias para la elección de candidatos a senadores y diputados nacionales el día 13 de agosto de 2017.

ARTÍCULO 2º.- Convócase al electorado de la Nación Argentina para que el 22 de octubre de 2017, proceda a elegir senadores y diputados nacionales según corresponda a cada distrito.

Qué se elige

Ciudad de Buenos Aires: 13 diputados nacionales y ocho suplentes.

Provincia de Buenos Aires: 35 diputados nacionales y diez suplentes y tres senadores y tres suplentes.

Provincia de Catamarca: tres diputados nacionales y tres suplentes.

Provincia de Córdoba: nueve diputados nacionales y seis suplentes.

Provincia de Corrientes: tres diputados nacionales y tres suplentes.

Provincia de Chaco: cuatro diputados nacionales y tres suplentes.

Provincia de Chubut: dos diputados nacionales y dos suplentes.

Provincia de Entre Ríos: cinco diputados nacionales y tres suplentes.

Provincia de Formosa: dos diputados nacionales y dos suplentes.; tres senadores y tres suplentes.

Provincia de Jujuy: tres diputados nacionales y tres suplentes; tres senadores y tres suplentes.

Provincia de La Pampa: tres diputados nacionales y tres suplentes.

Provincia de La Rioja: dos diputados nacionales y dos suplentes.; tres senadores y tres suplentes.

Provincia de Mendoza: cinco diputados nacionales y tres suplentes.

Provincia de Misiones: tres diputados nacionales y tres suplentes.; tres senadores y tres suplentes.

Provincia de Neuquén: tres diputados nacionales y tres suplentes.

Provincia de Río Negro: dos diputados nacionales y dos suplentes.

Provincia de Salta: tres diputados nacionales y tres suplentes.

Provincia de San Juan: tres diputados nacionales y tres suplentes; tres senadores y tres suplentes.

Provincia de San Luis: tres diputados nacionales y tres suplentes; tres senadores y tres suplentes.

Provincia de Santa Cruz: tres diputados nacionales y tres suplentes.; tres senadores y tres suplentes.

Provincia de Santa Fe: nueve diputados nacionales y seis suplentes.

Provincia de Santiago del Estero: tres diputados nacionales y tres suplentes.

Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur: dos diputados nacionales y dos suplentes.

Provincia de Tucumán: cuatro diputados nacionales y tres suplentes.

Fuente: Los Andes