La norma exige un sistema de tratamiento de líquidos cloacales que permita la reutilización del agua. La misma alcanza a construcciones próximas a ríos, lagos y embalses.
Diputados dio media sanción a un proyecto de ley por el cual la construcción de obras nuevas, ampliaciones, refacciones, reformas de emprendimientos turísticos o de otra naturaleza de emplazamiento definitivo que se encuentren a una distancia de hasta tres mil metros de las márgenes de ríos, lagunas, lagos o embalses en todo el ámbito provincial, deberán obtener la declaración de impacto ambiental de acuerdo al punto I, inc. 15 de la ley 5961 (ley 8023)
Desde la cámara de diputados informaron que será fundamental para la habilitación municipal o provincial, contar previamente con un sistema de tratamiento de efluentes y líquidos cloacales que permita la reutilización del agua empleada. El líquido tratado podrá destinarse para riego agrícola o forestal. Para la habilitación definitiva deberán contar con el sistema referido concluido, operativo y completo.
El efluente tratado deberá cumplir con la normativa vigente establecida por el EPAS, Irrigación y Municipios. El tratamiento de los líquidos cloacales se realizará a través de sistemas biológicos o químicos. Deberán contemplar un tratamiento terciario en las cercanías de lagunas, lagos y embalses, mediante el abatimiento de fósforo y nitrógeno para evitar la eutroficación de los mismos. El sistema de tratamiento propuesto tenderá a una producción mínima de lodos, deberá minimizar el impacto visual y la generación de ruidos molestos.
Además, las reparticiones de la provincia o municipios responsables de las aprobaciones de las obras o actividades enumeradas en esta ley no otorgarán autorizaciones provisorias de funcionamiento sin la conclusión de las obras de saneamiento requeridas en la normativa, agregaron.
Establecieron también, un plazo de 24 meses como máximo para la adecuación de la ley de los emprendimientos existentes que no cuenten con sistema de tratamiento. Secretaría de Ambiente de la Provincia será la autoridad de aplicación y, según comunicaron, el régimen de sanciones se aplicará considerando desde un emplazamiento hasta la clausura total de los mismos.