En el acto del Día de la Memoria por la Verdad y la Justicia, el gobernador Francisco Pérez dio a conocer el decreto N° 514 que regula la ley N° 8395 que instituye una pensión vitalicia para hombres y mujeres que entre el 24 de marzo de 1976 al 10 de diciembre de 1983 fueron privados de su libertad por organismos del estado.
Francisco Pérez en su discurso expresó: “La vigencia de los derechos humanos depende de nuestro ejercicio de la memoria: el hecho de recordarnos periódicamente que ciertos tormentos sociales no deben repetirse y que la justicia debe ser siempre una opción”.
Y agrego: “Este acto es el hoy trasladado al futuro, nuestro pequeño aporte para la construcción de una memoria grande, fuerte, invulnerable a las razones antidemocráticas; aquellas que cada vez que pueden, en cualquier foro público, tratan de debilitar el concepto de Derechos Humanos”.
El vice gobernador de la provincia Carlos Ciurca manifestó en su discurso ante las 150 personas que asistieron al acto: “No puede haber impunidad para los que mataron y escribieron un capítulo mentiroso de la historia”
A su vez Peréz declaró que realizar la firma de este decreto el 24 de marzo tiene que ver con la memoria, es un acto emblemático y lo entregó a Daniel Tagarelli, representante de ex presos políticos.
Para finalizar su discurso Francisco Pérez citó a Paco Urondo -periodista y poeta desaparecido en la provincia- diciendo “Arderá la memoria hasta que todo sea como lo soñamos”.
Luego entre abrazos y saludos emotivos los funcionarios descubrieron la placa en conmemoración a las víctimas del terrorismo de Estado. Las Madres de Plaza de Mayo, con lágrimas en los ojos, realizaron una simbólica ofrenda floral en el lugar.
En el acto, estuvieron presentes el vicegobernador Carlos Ciurca, el ministro de Desarrollo, Guillermo Elizalde, de Gobierno, Félix González, la subsecretaria de Derechos Humanos, María José Ubaldini, y el representante de ex presos políticos, Daniel Tagarelli.
Decreto 514
El decreto es un mecanismo de reparación para las víctimas, hombres y mujeres, del terrorismo de estado entre 1976 y 1983, que regula la ley N° 8395. Incluye también a las personas que en su momento fueron privados de la libertad por las leyes 20.642, 20.840 y 21.338 y de cualquier ley o resolución dictados con las mismas finalidades.
Condiciones para acceder a la pensión vitalicia
1.-Haber tenido domicilio real en la Provincia de Mendoza durante esos años, al tiempo de la privación de libertad.
2.-Los solicitantes deberán presentar ante la Subsecretaría de Derechos Humanos dependiente del Ministerio de Desarrollo Social y Derechos Humanos:
– La solicitud del beneficio en el formulario correspondiente.
– Copia certificada del documento de identidad.
– Declaración jurada de que no es beneficiario de prestación mensual o pensión de un organismo nacional, provincial o municipal. En caso de serlo debe presentar una declaración jurada donde renuncia a la pensión hasta el momento recibida, en función de percibir la que le corresponde por ley N° 8395.
– Copia certificada de cualquier documento público emanado por los organismos de estado, nacionales o internacionales, que comprueben su privación ilegítima de la libertad, detención, desaparición o haber sido condenado entre 1976 y 1983.
– En el caso de ser viudo/a del beneficiario debe presentarse el acta de matrimonio o convivencia.
– Para los hijos a su vez el decreto explica que deben presentar el certificado de nacimiento legalizado actualizado
Dicho decreto destaca que todos los trámites referentes al beneficio pensionario son de carácter gratuito y sin la necesidad de un gestor o abogado.
Finalmente el decreto también aclara que el monto a percibir es igual al de una clase 10 de la administración pública.