Por ley provincial deberán permitirlo en horarios y días en que atiendan al público y no los pautados de acuerdo al criterio de cada uno.
Los comercios mendocinos deberán dejar atrás una vieja costumbre: permitir los cambios o devoluciones de mercaderías de sus clientes en determinados días y horarios. Por ley ahora tendrán que permitirlos en los días y horarios en que atiendan al público.
La Cámara de Diputados dio sanción definitiva al proyecto de ley, venido en revisión del Senado, que “establece que toda devolución o cambio de productos que se realice en el marco de las relaciones de consumo, conforme normativa de Defensa del Consumidor, en establecimientos ubicados en la provincia de Mendoza, deberá efectuarse, en los mismos días y horarios en los que el comercio atienda al público para ventas”.
De acuerdo a la nueva normativa, “el propietario, gerente, encargado de cualquier local, comercio o establecimiento será el responsable del cumplimiento de lo dispuesto”. Además los locales deberán exhibir en lugar visible un cartel con la leyenda: “El consumidor no está sujeto a restricciones de días y horarios para el cambio de un producto”.
La Dirección de Defensa del Consumidor, dependiente del Ministerio de Trabajo, Justicia y Gobierno de Mendoza será la autoridad de aplicación de la nueva ley.
En caso de incumplimiento de la norma a los comerciantes se les aplicarán las sanciones previstas en las leyes 22.802 de Lealtad Comercial y 24.240 de Defensa del Consumidor, conforme lo establecido por la Ley 5.547 de Procedimiento Administrativo para la Defensa de los Derechos del Consumidor de Mendoza.
El Poder Ejecutivo promoverá la realización de campañas informativas para explicar detalladamente la nueva normativa.
Fuente: Los Andes