El máximo tribunal dictó un reglamento para que puedan participar, además de la partes y los peritos, 10 ONG en calidad de Amicus Curiae (amigos del tribunal), para referirse a los aspectos conflictivos de la norma.
La Corte Suprema de Justicia convocó hoy a una audiencia pública informativa para el 28 de agosto próximo sobre la Ley de Comunicación Audiovisual como un paso previo a expedirse sobre la constitucionalidad de la norma.
En una resolución con la firma de sus siete miembros, el tribunal fundamentó en la “trascendencia pública” de la ley, aprobada por el Congreso Nacional en 2009, el llamado a una última audiencia en que además de las partes y los peritos podrán participar diez ONGs en calidad de “amicus curiae”.
Para que la audiencia tenga un trámite ordenado y eficaz, el tribunal dicto además un reglamento de participación y solicitó a las partes del pleito –el Estado nacional y el grupo Clarín- y a los grupos de la sociedad civil que unifiquen personería para no reiterar su planteos.
Las exposiciones deberán girar en torno a la “validez constitucional” de los artículo 41 y 161, sobre las transferencias de licencias y el plazos de aplicación de la ley
Fuentes del tribunal admitieron que la audiencia, que será televisada por el CIJ (Centro de Información Judicial), podría demandar más de una jornada ya que, además de las exposiciones, el tribunal preguntará a los participantes.
Según el reglamento, las exposiciones deberán girar en torno a la “validez constitucional” de los artículo 41 y 161, sobre las transferencias de licencias y el plazos de aplicación de la ley 26.522 de Comunicación Audiovisual.
También deberá abordarse de manera particularizada la “validez constitucional del artículo 45”, en los incisos referidos a la multiplicidad de licencias, y la del 48 sobre “prácticas de concentración indebida”.
Se trata de todos los tema contenidos en el fallo de la Cámara Civil y Comercial federal favorables al grupo Clarín y que ahora se encuentra para su resolución definitiva en la Corte Suprema tras ser apelados por el gobierno nacional.
El reglamento establece además que no podrán ser amicus curiae los miembros de los Poderes del Estado Nacional o provinciales, ni de los partidos políticos o candidatos en campaña electoral y que se aceptarán un máximo de cinco en defensa de cada uno de los litigantes.
Hasta el 26 de agosto inclusive, las ONGs interesadas en participar deberán hacer presentaciones por escrito anticipando su ponencia y podrán consultar el expediente en la secretaria de la Corte.
El pasado 12 de julio la Procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó, dictaminó la constitucionalidad de los artículos de la Ley cuestionados por el Grupo Clarín y así allanaba el camino para que la Corte falle sobre la aplicación plena de la norma.
En un extenso dictamen de 64 carillas la procuradora recomendó expresamente al máximo tribunal que revoque el fallo del 17 de abril pasado emitido por la Cámara Civil y Comercial Federal que benefició al multimedios, ya que «omite absolutamente la ponderación de los intereses colectivos en juego para centrarse en el interés patrimonial» de dicho grupo de medios.
«Esa sentencia denota una visión parcializada que se revela en el notable énfasis que pone en preservar los intereses patrimoniales de los demandantes, sin que se advierta igual tesón en respetar los derechos de la ciudadanía en contar con una mayor pluralidad informativa, de ideas y contenidos», sostuvo la Procuradora.
En concreto, el dictamen defendió la constitucionalidad del artículo 45 de la ley que fijó restricciones a la multiplicidad de licencias en el ámbito nacional y local, punto central de la objeción del Grupo Clarín.
Para la Procuración, «las actuales dificultades a la participación de una pluralidad y diversidad de actores» no derivan de la escasez del medio utilizado para transmitir los servicio audiovisuales sino de «obstáculos económicos, técnicos, y políticos que el articulo 45 procura combatir».
La Procuradora remarcó también que la norma sancionada en octubre de 2009 fue producto de un debate «amplio y participativo», centrado en el propósito de «garantizar el ejercicio del derecho humano a la libertad de expresión en condiciones de equidad y la conformación de un debate público plural y diverso».
Fuente: Télam