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Histórico: si renuncia una diputada debe ser reemplazada por otra mujer

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Lo establece un fallo de la jueza Servini a favor de la ley de paridad de género. El amparo fue presentado por la esposa de Sergio Massa.

La jueza con competencia electoral María Servini falló este jueves a favor de ley de paridad en género en la Cámara de Diputados y determinó que una mujer debe ser reemplazada por otra que le siga en la lista de la alianza correspondiente cuando renuncia.

La magistrada dio lugar a un amparo presentado por la dirigente massista Malena Galmarini, la ex diputada Marcela Durrieu y la directora del Observatorio Social Legislativo de la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires, Micaela Ferraro.

En la presentación se solicitó que, tras la renuncia de la diputada nacional Anabella Ruth Hers Cabral (PRO), «se abstenga de tomar juramento y poner en funciones como diputado nacional a Jorge Mario Hugo Garayalde».

Según los argumentos de las demandantes, “reemplazar a Hers Cabral por un varón vulnera aviesamente la normativa vigente respecto del cupo femenino (vigente al  tiempo de la elección) y de la paridad de géneros (vigente al tiempo del reemplazo)”.

También solicitaron que se disponga su reemplazo «por la siguiente candidata-mujer- de la lista respectiva, Alejandra Alcira Caballero quien ocupará el décimo lugar en la lista de candidatos respectiva, o en su defecto Liliana Venier o Virginia Daniela Luna, o bien, la mujer que siga en orden de suplencia».

Hers Cabral renunció a la banca en la Cámara Baja en diciembre de 2018 para asumir como consejera en representación  de los abogados en el Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Ahora, la juez falló que “corresponde que dicho cargo vacante sea reemplazado por la candidata mujer que le siga según el orden establecido en la lista de la alianza Cambiemos correspondiente en las elecciones celebradas el 25 de octubre de 2015”.

La ley de paridad de género en ámbitos de representación política en Argentina, sancionada en 2017 y reglamentada en dos años después, establece que las listas de candidatos al Congreso y  al Parlamento del Mercosur deben estar conformadas en un 50% por mujeres y hombres, de manera consecutiva e intercalada.

Fuente: Los Andes