Como sucedió en Navidad, se incrementarán los controles en la provincia. La Unidad Ejecutiva de Seguridad Vial destaca la figura del conductor designado.
Como sucedió en el operativo de alcoholemia realizado en Navidad, para este 31 de diciembre y 1 de enero se repetirán los controles en las rutas y calles de todo Mendoza, con el objetivo de prevenir accidentes.
Entre el 24 y 25 de diciembre se labraron más de 77 actas viales y se registraron más de 50 conductores con alcoholemia positiva. Fueron retenidos 42 autos, 13 motos y 36 licencias de conducir.
Por eso, el Gobierno de Mendoza vuelve a hacer hincapié en la prevención para quienes conducirán durante esas noches. Especialmente recomienda la designación de un conductor responsable por auto y evitar así las duras sanciones que estipula la Ley de Seguridad Vial, de hasta $108.000 e inhabilitación para conducir.
Orlando Corvalán, jefe de la Unidad Ejecutiva de Seguridad Vial (UESV) de la Secretaría de Servicios Públicos, recordó que continuarán reforzando la tarea de prevención de accidentes y recuerda la prohibición de conducir vehículos bajo los efectos del alcohol y las consecuencias que esto produce al volante.
“Hacemos mucho hincapié en que se utilice la figura del conductor designado. Además, es una responsabilidad de las familias hablar este tema y especialmente conversarlo con los más jóvenes”, aconsejó Corvalán.
El funcionario informó que la UESV incorporó nuevos alcoholímteros calibrados, “que ya se han puesto a disposición de la Policía de Mendoza para estos controles de Navidad y Año Nuevo”.
La UESV resalta los resultados de recientes estudios que demuestran las consecuencias que produce el alcohol en los conductores: dentro del contexto de los errores de conducción, el alcohol casi siempre se encuentra asociado con la velocidad, el sueño y las distracciones.
El alcohol produce una depresión del sistema nervioso central, deteriora la función psicomotora, la percepción sensorial (vista y oído), modifica el comportamiento de la persona, que muchas veces se traduce en una falsa sensación de seguridad y en tomar mayor riesgo. También produce movimientos más lentos, reducción de la coordinación, visión borrosa e imposibilidad para la toma de decisiones rápidas.
Las multas e inhabilitaciones por conducir bajo efecto de alcohol
De acuerdo con lo que establece la Ley de Seguridad Vial 9024, está prohibido conducir automóviles bajo los efectos del alcohol, con una alcoholemia superior a 500 miligramos por litro en sangre y, para quienes conduzcan bicicletas con o sin motor, motocicletas o ciclomotores, queda prohibido hacerlo con una alcoholemia superior a 200 miligramos por litro en sangre.
Respecto de los conductores de vehículos automotores destinados al transporte de pasajeros y de carga, se dispone que deben conducir con tasa de alcoholemia cero gramos por litro en sangre. La autoridad competente realizará el respectivo control mediante el método adecuado aprobado a tal fin.
Asimismo, se prohíbe conducir bajo los efectos de psicotrópicos, estupefacientes, estimulantes u otras sustancias análogas, entre las que se incluirán, en cualquier caso, los medicamentos u otras sustancias que alteren el estado físico o mental apropiado para circular sin peligro.
Se establece que todos los conductores de vehículos automotores se encuentran obligados a someterse a las pruebas que la reglamentación establezca para la detección de posibles intoxicaciones, y será una falta leve la negativa a realizarlo y a su vez la presunción en contrario.
En la actualidad, las multas económicas por alcoholemia pueden ir de $36.000 a $108.000, pero además, y según la gravedad de los casos, los conductores sancionados pueden sufrir inhabilitaciones para conducir; se les puede retener el vehículo e incluso están contemplados hasta 30 días de arresto.
Fuente: Prensa Mendoza