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Elecciones San Carlos: asistencia obligatoria para elegir concejales

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elecciones-san-carlosEs una elección obligatoria, por lo que deben acudir todos los ciudadanos, aunque no podrán votar los jóvenes de 16 y 17 años.

El próximo domingo 30 de marzo se llevarán a cabo las elecciones para concejales de San Carlos. Es una elección obligatoria, por lo que deben concurrir todos los ciudadanos. El padrón electoral presenta 21.000 electores, distribuidos en 74 mesas habilitadas en dos escuelas de la Villa Cabecera, tres en La Consulta, dos en Eugenio Bustos, una en Chilecito, una en Pareditas y una en Cápiz Alto.

Algunos datos de interés:

*Si no voto

La Ley 2.551 sanciona con multa a quien no emita su voto y no se justifique ante el juez competente el mismo día de la elección. En caso de no abonarse la multa, esta se transforma en días de arresto.

*Qué llevar

Para votar se requiere concurrir con el documento que acredite identidad en el Padrón Electoral: DNI original, duplicado, triplicado, DNI A, DNI B, DNI Tarjeta de Identificación, Libreta de Enrolamiento, Libreta Cívica.

*Quiénes están obligados a votar en las elecciones municipales

Todos los ciudadanos de ambos sexos -nativos, por opción o naturalizados- desde los dieciocho hasta los setenta años de edad, que no estén comprendidos en ninguna de las inhabilidades previstas por las normas reglamentarias. No podrán votar los jóvenes de 16 y 17 años.

*¿Puede votar el elector con Libreta de Enrolamiento o Libreta Cívica en lugar de DNI, o con un ejemplar diferente del documento que figura en el padrón?

El elector puede votar presentándose con libreta de Enrolamiento o Libreta Cívica siempre que no haya gestionado el DNI, ya que no se permite el voto de ciudadanos cuyo documento corresponda a un ejemplar anterior al que figura en el padrón electoral. Sí debe admitirse, en cambio, el voto de quien se presente con una versión posterior al documento que figura registrado en el padrón. Si Ud., por ejemplo, cuenta con un DNI triplicado y en el padrón figura habérsele otorgado un duplicado, sí podrá votar.

*Quiénes están exentos de la obligación de votar

a) Los electores mayores de setenta (70) años.

b) Los jueces y sus auxiliares y todos los funcionarios públicos que por disposición de esta ley deban asistir a sus oficinas y tenerlas abiertas durante las horas de la elección.

c) Los que el día de la elección se encuentren a más de quinientos kilómetros de la mesa en que les corresponda votar.

d) Los que estuvieren enfermos o imposibilitados físicamente, o que, por razones de fuerza mayor debidamente comprobadas, les impida concurrir al comicio.

*Autoridades de Mesa:

Viáticos de Autoridades de Mesa: se pagará $250 a las Autoridades de Mesa.

Viáticos por Capacitación Autoridades de Mesa: Se pagará $50 a quienes obtengan el certificado de capacitación.

Consultá el padrón en www.padron2014.mendoza.gov.ar