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El Senado debate el miércoles el nuevo Código Civil y Comercial

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Será debatido este miércoles, en lo que se prevé será una extensa sesión en la que el Frente para la Victoria y sus aliados buscarán darle media sanción a la iniciativa. Las novedades del nuevo Código.

Los legisladores fueron citados este miércoles 27 de noviembre desde las 13 para debatir el proyecto que consta de más de 2.600 artículos e introduce cambios sustanciales que modificarán la vida de los argentinos.

Según se informó oficialmente, la sesión se llevará a cabo después de la jura de los 24 senadores electos en los comicios de octubre, que está prevista para las 10.

Una vez que el nuevo Código Civil y Comercial sea sancionado por la Cámara alta, presuntamente en las primeras horas del jueves 28, pasará a Diputados para que sea convertido en ley, algo que se prevé sucederá en 2014.

Así lo adelantó el jefe de Gabinete, Jorge Capitanich, el pasado viernes cuando señaló que el oficialismo espera terminar el año con la media sanción de la norma y que la sanción definitiva recién se buscará «con el inicio del próximo período ordinario de sesiones, en marzo próximo».

El nuevo Código Civil y Comercial de la Nación que entrará en vigencia a partir de enero de 2016, obtuvo dictamen de mayoría el miércoles pasado, al término de la cuarta reunión de la Bicameral Especial conformada por una treintena de diputados y senadores especialmente para tratar la iniciativa presentada por el Poder Ejecutivo en marzo de 2012.

La iniciativa fue defendida en el Congreso por el ministro de Justicia, Julio Alak; y por su viceministro, Julián Álvarez, quienes hicieron hincapié en lo novedoso del nuevo cuerpo legal.

«Uno de los motivos que llevó a construir un nuevo Código es el ordenamiento jurídico institucional de Argentina que se adoptó en 1994 con la reforma constitucional y la incorporación de nuevos tratados internacionales», dijo Alak.

Al exponer ante la comisión bicameral, el ministro mencionó también «los cambios sociales y culturales que han venido modificando a nuestra sociedad en las últimas décadas» como otro de los fundamentos por los cuales se promovió la reforma.

Por su parte Alvarez, quien trabajó en la coordinación de los equipos técnicos y en los foros que se realizaron en todo el país, consideró que el futuro Código es la «norma de mayor importancia jurídica e histórica» de los últimos años y le reclamó a los legisladores que la norma «sea aprobada cuando antes».

En el Senado, el nuevo Código cuenta con el respaldo del bloque del Frente para la Victoria y de sus aliados, así como de la peronista disidente Liliana Negre de Alonso, quien anunció su apoyo luego de que el oficialismo aceptara introducir un cambio en el artículo 19 del Código, referido al comienzo de la existencia humana en el momento de laa concepción.

Ese cambio en el Código generó que la oposición encabezada por el radicalismo, el FAP y el resto del peronismo disidente anunciara que se negaba a convalidar el dictamen, pese a que el propio Código aclara que la cuestión de las fertilizaciones in vitro serán materia de una ley especial.

Lo mismo ocurrió con la decisión del oficialismo de quitar la denominada «responsabilidad del Estado» del texto del Código Civil y enviar un proyecto de ley en ese sentido a Diputados.

El ministro Alak defendió esa decisión diciendo que «la responsabilidad del Estado corresponde al derecho administrativo», e insistió con que de ser incorporado como norma al nuevo Código se promovería «la afectación al derecho público y al federalismo».

El oficialismo introdujo al proyecto original «el fortalecimiento de los derechos de los pueblos originarios; la delegación de la protección del embrión en una ley especial, la eliminación de la gestación por sustitución, de la fecundación post-mortem y de la función social de la propiedad».

Se agrega además en el nuevo Código «la imprescriptibilidad para las acciones civiles derivadas de los delitos de lesa humanidad», y «se elimina el vínculo afectivo para la adopción y se estipula el plazo de 90 días para determinar la situación de adoptabilidad del niño».

También se modifica el régimen de obligaciones tributarias y se otorga una mayor responsabilidad a la asamblea en la administración de los inmuebles denominados como PH.

Fuente: Télam