El secretario de Ambiente y Ordenamiento Territorial, Humberto Mingorance, presentó esta mañana en la Legislatura provincial la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto minero Hierro Indio para la fase de exploración. Deberá tomar estado parlamentario.
La resolución emitida por la Dirección de Protección Ambiental de la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial detalla que el proyecto tiene aptitud ambiental por tratarse de una etapa de exploración y análisis del entorno. Las actividades no van a producir modificaciones que excedan la capacidad de carga del entorno específico de definición del proyecto.
El secretario de Ambiente y Ordenamiento Territorial, Humberto Mingorance, dijo que el proyecto de Hierro Indio consiste en la exploración de un área de dos minas ubicadas al suroeste del río Atuel, en el departamento de Malargüe, en el yacimiento conocido como Hierro Indio, y destacó: “El yacimiento se explotó, con la extracción de hierro, hasta al década del 70, quedando actualmente las escombreras de la producción”.
Mingorance explicó que el proyecto consiste en la exploración geofísica y exploración superficial y por sondeo. “La etapa de exploración consiste en tomar muestras y realizar mediciones, no existe en este caso ni el uso de agua ni de químicos para la perforación”, afirmó.
Mediante resolución conjunta de la Dirección de Protección Ambiental 099 y de la Dirección de Minería, Resolución 066, se otorgó la Declaración de Impacto Ambiental para el Proyecto de Exploración de Hierro Indio.
La directora de Protección Ambiental, Miriam Skalany, señaló: “Previo a la obtención de la Declaración de Impacto Ambiental, el proyecto fue sometido a la evaluación ambiental, que contempló el dictamen técnico por parte de un equipo técnico competente que en este caso fue la Facultad de Ciencias Aplicada a la Industria de la Universidad Nacional de Cuyo que dictaminó favorablemente sobre la presentación realizada por la empresa”.
Además, explicó la directora, el proyecto fue sometido a dictámenes sectoriales de la Municipalidad de Malargüe, por ser el departamento donde se desarrolla, y dictámenes sectoriales de la Municipalidad de San Rafael a General Alvear, por ser parte de la cuenca del río Atuel, dando cumplimiento a la Ley 7722, que así lo establece.
“Se pidieron informes específicos sobre áreas glaciares y periglaciares corroborando la ausencia de glaciares dentro del área de exploración. El proyecto también tuvo dictamen sectorial del Departamento General de Irrigación y se le requirió a la empresa la presentación de una manifestación especial específica del recurso hídrico de acuerdo a lo que establece la Ley 7722”, detalló Skalany.
“Es importante destacar que la Declaración de Impacto Ambiental contempla las obligaciones que la empresa deberá cumplir a lo largo del procedimiento en lo que se refiere al cuidado del suelo, del agua y del aire, como así también las etapas de seguridad y señalización que tiene que cumplir”, concluyó la funcionaria.
La Declaración de Impacto Ambiental, para ser efectiva, de acuerdo con lo establecido por la Ley 7722, deberá contar con la aprobación de la Legislatura y será elevada desde el Poder Ejecutivo.