Los beneficiados abonan solamente el 25% de la tarifa completa con impuestos.
La empresa informó a través de un comunicado que ya se incorporaron de oficio a 103.253 usuarios, casi la tercera parte de los consumidores residenciales de gas natural de Mendoza.
Recordemos que los beneficiarios de la tarifa social no pagan el componente del precio del gas incluido en la tarifa más la correspondiente incidencia en los impuestos, lo que representa aproximadamente el 75% del monto de la factura residencial promedio.
Es decir, abonan sólo el 25% de la tarifa completa con impuestos.
En el marco de la readecuación tarifaria impulsada por el Gobierno Nacional, Ecogas informó que Mediante Resolución Enargas Nº I-3784/16 se fijaron con gran amplitud y flexibilidad los criterios de elegibilidad para ser beneficiario de la “tarifa social”.
Para poder conocer los requisitos y gestionar la incorporación al beneficio social: Ingresar al sitio web: www.minem.gob.ar, Ingresar al sitio web: www.ecogas.com.ar /tarifa social o comunicarse telefónicamente al 0800-333-2182.
Adicionalmente, para todos aquellos que no estén alcanzados y comprendidos dentro de los requisitos publicados, pero que consideren que le asisten razones particulares para acceder al beneficio, pueden presentarse de manera personal con la documentación de respaldo al Centro de Atención al Cliente de Ecogas.
En conclusión, la misma Resolución del Enargas otorga una vía que meritúa las necesidades socio-económicas del individuo particular, en contraposición con medidas que se aprovechan de la situación colectiva de quienes menos tienen.
Quiénes acceden
-Beneficiarias/os de programas sociales.
-Jubilados/as y/o pensionados/as que perciban haberes mensuales brutos por un total menor o igual a dos veces la jubilación mínima nacional: $ 9.918 vigente desde marzo de 2016, según Resolución 28/2016 de la Administración Nacional de la Seguridad Social.
-Trabajadores/as registrados/as con remuneraciones mensuales brutas por un total menor o igual a dos Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM): $ 13.620, según Resolución A 2/2016 del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, vigente a partir de junio 2016.
-Personas con discapacidad.
-Inscriptas/os en el Monotributo Social.
-Empleadas/os del servicio doméstico.
-Personas que cobren Seguro de Desempleo.
Fuente: Diario Los Andes