> Calendario del Archivo de Noticias <

Diputados dio media sanción a la adhesión a la ley que contempla a las personas con discapacidad

WhatsApp
Facebook
Twitter
Imprimir

La Cámara de Diputados dio por unanimidad la sanción inicial al proyecto de ley que contempla la adhesión a la Ley nacional nº 24.901 referida al Sistema de Prestaciones Básicas en habilitación y rehabilitación a favor de las personas con discapacidad. Con esta media sanción se da el primer paso para continuar trabajando en pos de lograr una ley integral a favor de los discapacitados que abarque todas las circunstancias de vida.

La norma que obtuvo media sanción fue elaborada por las comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales, Hacienda y Presupuesto, Salud Pública y Desarrollo Social, considerando como insumos los proyectos de los diputados Raúl Rodríguez (PJ), Néstor Parés, Roberto Infante y Luis Petri (UCR), Ricardo Puga (PIM), Gustavo Arenas (PJ), Alberto Recabarren (PJ), junto a otra iniciativa remitida por el Poder Ejecutivo.

En la oportunidad se expresaron a favor de este instrumento diputados de todos los bloques, quienes coincidieron en agradecer la lucha de los padres en defensa de familiares con esta problemática. Manifestaron que con esta media sanción se da el primer paso y continuarán trabajando para lograr una ley integral a favor de los discapacitados, que abarque todas las circunstancias de vida no sólo las prestaciones asistenciales.

Insistieron también en la necesidad de dar una implementación adecuada de la norma que trataron hoy y garantizar su instrumentación en todo el territorio provincial, como también se controlará el cumplimiento de otras leyes que aún no se cumplen integralmente en Mendoza.

Señalaron que la adhesión a la ley integral obliga al estricto control de una prestación equitativa de acuerdo a las necesidades de sus destinatarios. La oposición reclamó por mejorar en cantidad y calidad la gestión pública; considerar la posibilidad de reajustes y reasignaciones presupuestarias para cumplir con un nomenclador que supone mayor erogación del Estado.

Subrayaron que la atención de las capacidades especiales no es un gasto sino una inversión en la concreción de derechos sociales de todos los ciudadanos.

En su artículo 2, la norma aprobada manifiesta que “la Obra Social de los Empleados Públicos (OSEP) tendrá a su cargo con carácter obligatorio, la cobertura integral de las prestaciones enunciadas en la Ley nº 24.901 y sus complementarias”.

Asimismo, se establece que OSEP no podrá rechazar el ingreso a personas que cumplan con los requisitos de afiliación establecidos por su Carta Orgánica invocando como causa del rechazo la presencia de una patología preexistente discapacitante.

Del mismo modo, la iniciativa prevé la modificación del artículo nº 21 de la Carta Orgánica de OSEP que dispondrá, entre otros aspectos, que “en todos los casos, el grupo familiar comprende (independientemente del número de personas que lo componen) al afiliado directo, su cónyuge, o los integrantes de una unión de hecho, los hijos menores de veintiún (21) años, los hijos mayores de veintiún (21) años y que acrediten discapacidad con el certificado legal vigente. En este último caso, siempre y cuando no tengan ningún tipo de cobertura por otra Obra Social”.

Prosigue la norma explicitando que estarán obligados a realizar sus aportes a OSEP, los Magistrados del Poder Judicial de la Provincia de Mendoza, los Legisladores provinciales, los Intendentes y Concejales, siempre en carácter de afiliados directos.

Finalmente, la norma establece la autorización al Poder Ejecutivo Provincial para realizar las adecuaciones presupuestarias y transferencias de partidas necesarias a los efectos de la presente ley.