> Calendario del Archivo de Noticias <

Cristo Orante: tras la declaración del ex seminarista, buscan pornografía en las computadoras de los curas

WhatsApp
Facebook
Twitter
Imprimir

Después del extenso y duro testimonio del joven que realizó la denuncia, la Justicia ordenó peritajes tecnológicos en las máquinas que fueron secuestradas en allanamientos en el monasterio. La defensa de los religiosos dice que “no hay elementos de interés para la causa”.

Tras la extensa declaración del joven que ratificó haber sido sometido a abusos sexuales y de “conciencia” desde que salió de la escuela secundaria con tan sólo 17 años y mientras vivió en el monasterio del Cristo Orante en Tupungato hasta los 25, ahora, la Justicia del Valle de Uco se encamina a buscar más elementos sobre los hechos que se investigan. Principalmente, la pesquisa apunta a determinar la existencia de costumbres “ajenas a la vida religiosa” que tendrían Diego Roqué y Oscar Portillo, los imputados.

Según informaron fuentes judiciales, se ordenaron nuevos peritajes tecnológicos en las computadoras que fueron secuestradas en allanamientos, donde se intenta establecer si los monjes consumían material pornográfico.

La sospecha es que en estos dispositivos se pueden encontrar imágenes y videos con contenido erótico, que no corresponde a personas pertenecientes a la vida religiosa, que les prohíbe llevar prácticas sexuales.

También se analizarán teléfonos celulares, de acuerdo con lo ordenado, para seguir recabando pruebas, de las que podrían surgir conversaciones entre los imputados y la víctima, en las que se reflejen las insinuaciones y el acoso que se está investigando.

Sobre este punto, el abogado de los acusados, Eduardo de Oro, indicó que por el momento “no hay nada en el expediente y en las computadoras analizadas no se encontraron elementos de interés para la causa”.

Además, en las semanas siguientes, la Justicia del Valle de Uco continuará con los testimonios ofrecidos por ambas parte del caso, a fin de sustanciar cómo era la vida de clausura y el ambiente en el que se habrían producido los ataques sexuales.

El martes, la víctima, Nicolás Bustos Norton, brindó, por primera vez, una extensa declaración ante la fiscal Eugenia Gómez, en la que amplió las denuncias que inició en el 2018, luego de enterarse de que nuevos jóvenes ingresarían a la congregación.

En primer término, Nicolás acudió al Arzobispado a hacer las presentaciones en el 2017, siendo en ese momento arzobispo Carlos María Franzini. Al año siguiente, cuando volvió a ratificar lo expuesto y para la investigación interna, el arzobispo Daniel Colombo solicitó que la causa se sustanciara en otra provincia.

Otra aclaración del Arzobispado

La misiva trascendió en los medios de comunicación, y, por las repercusiones, el Arzobispado emitió un comunicado con su versión sobre el propósito de esa gestión, titulado: «Una vez más, nuestra verdad».

“Se ha dicho que la solicitud del Arzobispado tenía por fin ‘ocultar o sacar de foco’ los presuntos abusos cometidos. Nada más erróneo. El decreto pide justamente la actuación del sistema público de Justicia en la Iglesia, quedando además la sede local mendocina a disposición del solicitado tribunal, y garantizándose al denunciante y al acusado la publicidad del procedimiento y sus posibilidades de conocimiento y actuación”, se pronunció.

En tanto, se sostiene que “evitar la judicialización de las causas canónicas no es sustraerse de la necesaria e imprescindible intervención de la Justicia penal del Estado, sino preservar la autonomía de la actuación de la Justicia penal canónica en el cumplimiento de su misión. En resonantes causas canónicas, como es de público conocimiento, esto último ha sido impedido por la persistente intervención obstruccionista de algún abogado que desconoce el Derecho Canónico y sólo pretende maliciosamente su lisa y llana derogación. Por lo tanto, la judicialización a evitar no se refiere a la judicialización de los hechos objeto de la investigación, sino a la de las actuaciones del proceso canónico”.

En otro de los párrafos, se afirma: “Los hechos, objeto de la denuncia, bien pueden ser judicializados en la sede penal estatal, y la Iglesia nada tiene que objetar a ello. Más aún, siempre alienta, acompaña y deja en la más absoluta libertad a los denunciantes para que lo hagan, si así lo desean. Lo lamentable y peligroso es cuando, avasallando el Concordato del Estado y la Iglesia (1966) y el derecho humano a la libertad religiosa, se pretende vulnerar las normas y procedimientos canónicos”.

El comunicado completo

UNA VEZ MÁS, NUESTRA VERDAD

Nos resulta imprescindible volver a manifestar la verdad sobre nuestra actuación en la acusación sustanciada contra dos sacerdotes en la justicia penal del Estado y la justicia penal canónica. De la documentación canónica entregada a pedido de la Unidad Fiscal Valle de Uco, el pasado 27 de diciembre, distintos medios reproducen un pedido de prórroga de jurisdicción al Supremo Tribunal de la Signatura Apostólica, máximo Tribunal de la Santa Sede en estos temas, el17 de agosto de 2018.Una tendenciosa interpretación de dicho texto, manifestada en títulos agraviantes y conceptos falaces de algunos periodistas, busca mostrar la intención de provocar una dilación, retraso o postergación en la actuación canónica.

Canónicamente, pedir la prórroga de jurisdicción es solicitar la intervención de otro tribunal, de manera que se ponga al abrigo de una mirada escéptica la labor de un tribunal local, evitando con ello que se cuestione la objetividad e imparcialidad del mismo.

 A tal fin, con la investigación canónica realizada, a pocos días de asumir su función, el nuevo arzobispo decretó el inicio del juicio penal y pidió la intervención de un tribunal eclesiástico de otra jurisdicción.

Asimismo, se ha dicho que la solicitud del arzobispado tenía por fin “ocultar o sacar de foco” los presuntos abusos cometidos. Nada más erróneo.

El decreto pide justamente la actuación del sistema público de justicia en la Iglesia, quedando además la sede local mendocina a disposición del solicitado tribunal, y garantizándose al denunciante y al acusado la publicidad del procedimiento y sus posibilidades de conocimiento y actuación.

Una vez más comprobamos que se prefieren las conclusiones injuriosas a un previo, correcto y completo chequeo de la información. Esta forma de ejercer el periodismo, renuncia de este modo a oportunas y completas explicaciones, que bien hubieran dado cuenta de los términos y las motivaciones del pedido de prórroga de jurisdicción que según se advierte en nuestro escrito, ni oculta ni dilata nada. Lamentamos que medios tan prestigiosos como Clarín y La Nación, prioricen la inmediatez sobre la verdad.

Evitar la judicialización de las causas canónicas no es sustraerse de la necesaria e imprescindible intervención de la justicia penal del Estado sino preservar la autonomía de la actuación de la justicia penal canónica en el cumplimiento de su misión.

 En resonantes causas canónicas, como es de público conocimiento, esto último ha sido impedido por la persistente intervención obstruccionista de algún abogado que desconoce el derecho canónico y sólo pretende maliciosamente su lisa y llana derogación. Por lo tanto, la judicialización a evitar no se refiere a la de los hechos objeto de la investigación, sino a la de las actuaciones del proceso canónico.

 Los hechos, objeto de la denuncia, bien pueden ser judicializados en la sede penal estatal, y la Iglesia nada tiene que objetar a ello. Más aún, siempre alienta, acompaña y deja en la más absoluta libertad a los denunciantes para que lo hagan, si así lo desean. Lo lamentable y peligroso, es cuando, avasallando el Concordato del Estado y la Iglesia (1966) y el derecho humano a la libertad religiosa, se pretende vulnerar las normas y procedimientos canónicos. Sin prejuzgar sobre los hechos que motivan la actuación de la justicia penal del Estado y la justicia penal canónica, habiendo aportado en ambos casos toda la información de la quedisponíamos, esperamos el completo esclarecimiento de cuanto se investiga.