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Cristina promulgó el nuevo Código Civil y aclaró cómo serán los contratos en dólares

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La presidenta Cristina Fernández de Kirchner promulgó el nuevo Código Civil y Comercial y aclaró que el flamante texto «no es violatorio de la voluntad de los que quieran hacer contratos en moneda extranjera», al tiempo que aseguró que da «certezas y seguridades» a depositantes, usuarios y consumidores.

Al encabezar el acto en el Museo del Bicentenario, la jefa de Estado dijo que «todas las afirmaciones de que los depósitos (en dólares) no iban a tener valor quedan absolutamente fuera de lugar y dejado de lado», y remarcó además que «a partir de ahora está regulado por ley la responsabilidad del Estado y sus funcionarios, ya que ante no había ni una coma escrita».

La mandataria aludió al artículo 958, según el cual «las partes son libres para celebrar un contrato y determinar su contenido, dentro de los límites impuestos por la ley, el orden público, la moral y las buenas costumbres».

«Con la cual -añadió Cristina- esto no resulta por lo tanto violatorio de la voluntad de los quienes quieran hacer contratos en moneda extranjera».

También se refirió al contenido del artículo 765 que establece «la distinción de moneda de curso legal y de las cosas», señaló.

El texto precisa que «si por el acto por el que se ha constituido la obligación, se estipuló dar moneda que no sea de curso legal en la República, la obligación debe considerarse como de dar cantidades de cosas y el deudor puede liberarse dando el equivalente en moneda de curso legal».

A continuación la Presidente se refirió al artículo 1390 sobre depósitos bancarios y 1408 sobre préstamos. El primero detalla que el banco depositario «tiene la obligación de restituirlo en la moneda de la misma especie, a simple requerimiento del depositante, o al vencimiento del término o del preaviso convencionalmente previsto».

El segundo, en tanto, indica que «el banco se compromete a entregar una suma de dinero obligándose el prestatario a su devolución y al pago de los intereses en la moneda de la misma especie, conforme con lo pactado».

Por otra parte, la Presidenta destacó que el nuevo Código «contempla por primera vez qué son el servicio de cajas de seguridad que ofrecen los bancos», contemplado en el artículo 1413 según el cual «el prestador de una caja de seguridad responde frente al usuario por la idoneidad de la custodia de los locales y la integridad de ellas conforme con lo pactado».

Cristina también destacó que «el peso y la necesidad de tener una moneda legal hace a la identidad y a la parte constitutiva de una Nación», y señaló que desde 1879 hasta 1991 el país «creció con una moneda de curso legal».

Así, la Presidenta les recordó a «los que sostienen que la Argentina vivió su esplendor mayor durante principios de siglo, cuando éramos el granero del mundo» que durante ese período «reinaba el peso».

En tanto, subrayó las incorporaciones en materia de derecho de familia realizadas en el nuevo Código Civil y Comercial y aseguró que el corpus «no impulsa el divorcio express» como habían cuestionado sectores de la oposición, sino que reconoce que «la gente viva con quien quiere vivir y no con quien el Estado la obliga».

Además de la simplificación de los trámites de divorcio, la Presidenta resaltó la incorporación en el nuevo Código del matrimonio igualitario, el reconocimiento de la unión convivencial, el derecho al acceso a la fertilización asistida, las convenciones prenupciales y la simplificación del régimen de adopción, entre otras cuestiones.

Como publicó en su última edición Ámbito Biz, la mayor observación de los especialistas a la nueva ley recae en la regulación de los contratos en dólares, previsto en los artículos 765 y 766. El texto deja claro que las obligaciones contraídas en moneda extranjera deben pagarse en moneda extranjera. Sin embargo, sostiene que si en el momento de la constitución de la obligación se estipuló dar moneda extranjera, la obligación debe considerarse como de dar cantidades de «cosas», y que si el deudor no puede entregar la cosa convenida, «podrá» liberarse dando el equivalente en moneda de curso legal, o sea pesos.

Para el expresidente del Colegio de Escribanos de Buenos Aires, Carlos D’Alesio, hablar de «cosas» puede ocasionar inconvenientes. «En el código antiguo no existe, por lo tanto es una referencia a una categoría inexistente», consideró. Pero además sugiere que hay una contradicción entre los artículos. «Uno dice que el deudor puede cumplir entregando el equivalente en moneda argentina y el siguiente dice que puede entregar la especie convenida, que sería en dólares», remarcó.

La incertidumbre en las empresas es para el futuro. «Como sigue vigente la prohibición de indexar contratos de la ley de la convertibilidad los empresarios no van a contratar en moneda extranjera porque temen que el deudor se lo convierta en pesos a una cotización que a veces no coincide con la realidad económica», distinguió D’Alesio.

Por su parte, el especialista en derecho contractual Javier Salerno recordó que desde hace muchos años la Corte y la jurisprudencia siguieron el principio nominalista de entregar obligaciones como dar sumas de dinero. «Si no querés indexar porque está prohibido, se pueden poner reglas claras. Pero si ponés que se paga con lámparas de bronce (cosas) y no traés la lámpara de bronce, tenés que devolver el valor para poder comprarte una lámpara en el momento en que es exigible la obligación», aseguró.

Según Salerno, la clave radica en las normativas complementarias. «Los particulares van a tratar de llegar a un acuerdo antes de ir a buscar la solución en un juicio. Ahora, si la reglamentación es un desastre, vamos a estar todos poniendo amparos». En el caso de las empresas toda traba implica gastos. «Es muy costoso demandar a los clientes (por no acordar el precio del dólar), no sólo perdés tiempo y dinero, sino que podés perder otros clientes», concluyó.

• Un código de fácil acceso y «auténticamente argentino»

Cristina sostuvo que el nuevo Código Civil y Comercial sancionado «es un producto cultural auténticamente argentino», al tiempo que destacó que es «hijo de la democracia» y que no pertenece a «ningún partido político y a ningún gobierno».

Durante el acto, la jefa de Estado comparó el nuevo Código Civil y Comercial con el anterior Código Civil redactado por Dalmacio Vélez Sarsfield en 1869 y «aprobado a libro cerrado».

«Aquel Código Civil tuvo una tradición estrictamente europea. El actual une esa tradición con nuestras propias experiencias, nuestras propias necesidades. Es un producto cultural auténticamente argentino, hijo de la democracia», remarcó.

La Presidenta afirmó que «los derechos tienen que poder ser leídos por quienes los deben ejercer».

Cristina reivindicó el nuevo texto «de fácil lectura, de fácil acceso y de fácil comprensión, para que no sea una cuestión de entendidos y de especialistas», pensado para que «los derechos puedan ser leípor quienes los tienen que ejercer».

Cristina destacó que el nuevo Código incorpora «igualdad y diversidad, ley de igualdad de género, y matrimonio igualitario», y remarcó que «la igualdad es posible si reconocemos que somos diferentes».

En ese sentido, la Presidenta agregó que en el antiguo Código «el sujeto era el hombre, en el nuevo aparecen la mujer y el niño», y señaló que el viejo Código «aparecía solo el derecho individual», mientras el nuevo incorpora «los derechos colectivos».

Cristina destacó que «no hubo un proyecto que haya tenido un tratamiento tan democrático en la historia argentina».

«No hubo en la historia argentina una norma más debatida hacia la sociedad como este nuevo Código Civil. La Comisión que elaboró el proyecto llevó a cabo 29 reuniones y 18 audiencias públicas en todo el país», apuntó la jefa de Estado.

La Presidenta también anunció que será enviado al Congreso la reforma del Código de Procedimiento Penal y remarcó que el nuevo Código es la conclusión de todos los cambios en materia política, económica, social, inclusión social e identidad.

«Hoy la sociedad tiene una gran madurez y exige que se discutan los problemas de frente, no importa si se gana o se pierde, son las reglas de la democracia, no es dejar un espacio vacío, sino llenarlo con ideas», remarcó.

Y finalizó: «No se puede seguir hablando de democracia y de derechos cuando no se respeta la voluntad popular en las urnas».

 

Fuente: Ámbito Financiero