Fue aprobado por 192 votos y 24 abstenciones en la Cámara Baja.
Diputados dio luz verde al proyecto que pretende modificar la ley de alquileres y ahora será tratado en Senadores.
Cuáles son las claves
-El plazo del contrato se extiende de 2 a 3 años.
– No se podrán pedir depósitos de garantía o exigencias asimilables, por cantidad mayor del importe equivalente a un mes de alquiler.
– En caso que el contrato haya sido celebrado con la intermediación comercial de un tercero, las sumas que corresponden a comisiones u honorarios por los servicios prestados no podrán superar los máximos establecidos en cada jurisdicción. Si no los hubiere, no podrán ser mayores a un mes de alquiler.
-El precio de la locación será reajustado anualmente según el índice de actualización elaborado oficialmente por el Instituto de Estadísticas y Censos de la Nación (INDEC) en base a la evolución de los precios al consumidor y salarios, promediados en partes iguales.
– El locador no podrá requerir una garantía que supere el equivalente a cinco veces el valor mensual de la locación.
-Las partes deben acordar la renovación del contrato, por lo menos sesenta días antes de su finalización. A tal efecto, cualquiera puede convocar a la otra de modo fehaciente. Si no llegasen a un acuerdo, el locatario puede resolver el contrato de manera anticipada sin pagar la indemnización correspondiente. Si llegasen a un acuerdo, la parte que desista debe pagar a la otra una indemnización equivalente a un mes de alquiler a la finalización del contrato.
-Los propietarios estarán obligados a registrar los contratos ante la Afip. Los inquilinos podrán deducir el pago de la renta del Impuesto a las Ganancias.