Gina Marini envió a Diario El Cuco una carta donde cuenta los detalles del día del fallecimiento de su hermano, y lo que ha sido para su familia vivir todo un año en su ausencia. Exigen justicia y que se esclarezcan los hechos como acontecieron.
13 de Noviembre de 2015
Miguel Marini, oriundo de la ciudad de Tunuyán, provincia de Mendoza. El día 13 de Noviembre de 2015, salió en horas de la mañana a trabajar. Debido a que el vehículo de la empresa en la que trabajaba, (Ecoholding), no estaba en condiciones de movilidad, su compañero de trabajo Maximiliano Oviedo de 29 años, paso a buscarlo en su vehículo (un Peugeot 307 gris).
Sabemos por sus compañeros laborales, que llevaban sus celulares corporativos de la empresa y sus pertenencias, además de sus teléfonos personales.
Por medios de comunicación y declaraciones de la Fiscalía, ambos arribaron al popular asentamiento de Luján en el auto de Oviedo. Desconocemos las causas por las cuales fueron al lugar. Ya que no era el vehículo de la empresa y tampoco de Marini.
Pero las fuentes policiales registraron todas sus acciones por una cámara de seguridad.
Según el diario “El CUCO” del valle de UCO, Oviedo se bajó del rodado, se dirigió a una casa y Marini tomó el volante, manejó unos metros y estacionó el auto lejos de la propiedad. En ese momento pasaron cuatro jóvenes y no pararon de observar al conductor.
El grupo se escondió a unos 20 metros del lugar y comenzó a observar la escena. En un momento, los asaltantes fueron tras el conductor. Uno lo amenazó con un arma de fuego, y Marini bajó del auto. Comenzó una pelea cuerpo a cuerpo con otro de los ladrones pero, al ver que era superado en número, se alejó corriendo del lugar. Mientras corría, el sujeto armado disparó y lo mató.
Llamó la atención que, cuando fue su turno de declarar, Oviedo dijo que no se dio cuenta del asalto y que tampoco escuchó la detonación del arma.
Alrededor de las 17 hs, los familiares de la víctima fatal se enteraron de la lamentable noticia por medios de comunicación, y lo confirmaron al dirigirse el padre de la víctima a la Comisaría de la ciudad de Tunuyán.
Al anochecer, Oviedo llego al domicilio de la familia y le informó a la madre, Liliana Pura Jensen, quien estaba acompañada por vecinos y familiares, que había ido a ese lugar a llevarle un sobre a una mujer y que Miguel lo esperaba en el auto. Cuando regresó, se encontró con el cuerpo de su compañero y pensó que lo habían golpeado, dijo que lo dio vuelta, lo miro y cerró los ojos. En ese momento llegaron efectivos de la policía y no volvió a ver el cuerpo.
A su jefe, Oviedo le informó que iban en el vehículo por el Bajo Luján y que cuatro personas interfirieron en su camino, que no sabe que le paso y el vehículo se detuvo. Ambos salieron corriendo y a Miguel le efectuaron un disparo.
A su compañera de trabajo, Oviedo le llamo desde el celular corporativo que ocupaba Marini, para informarle que le habían disparado a Miguel.
Debido a diferentes declaraciones de Oviedo, a que hay un menor en la causa que es inimputable, al silencio por el secreto de sumario, y a que tampoco se sabe de la otra parte de los delincuentes, nos dijeron que la fiscalía no tiene fiscal, por lo que la causa no avanza. Comentaron que el que efectuó el disparo sería mayor y está prófugo. Salió en el diario una recompensa por 20.000 pesos, pero no dieron datos del prófugo y tampoco sabemos nada del resto de la banda, si son mayores o menores, porque no tenemos acceso a la causa.
No ha habido Justicia para Marini, la causa no avanza y va a ser un año de lo sucedido.
Queremos y necesitamos, que se detengan a los responsables por la muerte de Marini y que haya algún tipo de imputación y una pena.
Los familiares y afectos de la víctima, pensamos y nos preguntamos: si en Argentina, el Régimen Penal de Menores está regido por la ley 22.278, sancionada el 28 de agosto de 1980 y que está prevista en el Código Penal. La misma advierte que: “No es punible el menor que no haya cumplido 16 años de edad. Tampoco lo es el que no haya cumplido 18, respecto de delitos de acción privada o reprimidos con pena privativa de la libertad que no exceda de dos años, con multa o con inhabilitación”.
Además la impunidad de los menores de 14 años involucrados en delitos, sea cual sea su gravedad, se extiende también a sus padres. Al estar exentos de responsabilidad penal por la Ley del Menor, no son juzgados, sino simplemente devueltos a la tutela familiar. Los padres de menores quedan totalmente al margen, al ser imposible imputar a sus hijos de delito alguno, cuando al menos deberían imputarlos a ellos o al tutor por el accionar de sus hijos.
¿Cuál es la ley que ampara a la víctima? ¿Cuál es la ley que ampara a los familiares y afectos de la víctima? ¿Quién se va a hacer responsable por la muerte de Miguel Marini?
Si los delincuentes portaban armas de fuego, deben ser juzgados como criminales, si no pueden serlo porque son menores que se juzgue a sus padres o tutores.
Exigimos que se profundice en la investigación, que acceda a la causa un abogado querellante. Que se esclarezcan los hechos como acontecieron.
Somos «víctimas» porque sufrimos los daños ocasionados por la violencia de menores delincuentes, y hemos perdido un ser querido en un acto premeditado. La condición de víctima incluye, a los padres, hermanos, hijos y cónyuge. En razón de esta violencia han sido vulnerados nuestros derechos fundamentales; y padecemos un sufrimiento emocional permanente.
Las víctimas tenemos derecho a la verdad, justicia y reparación.
Las víctimas tenemos derecho a la justicia y es deber del Estado adelantar la investigación efectiva que conduzca a la identificación, captura, juicio y sanción de las personas responsables.
Carta enviada por Gina Marini