La Cámara de Senadores local aprobó hoy por unanimidad la solicitud del senador provincial Gustavo Arenas (FPV-PJ) para que el gobernador Alfredo Cornejo gestione ante las autoridades nacionales que en Mendoza se televise en vivo y en directo la audiencia pública por el gas a realizarse a mediados del mes próximo en Buenos Aires.
La iniciativa del legislador justicialista, que consta en el expediente Nº68.300 del Senado y fue presentada a través de un proyecto de declaración, pide que el Poder Ejecutivo local “efectúe todos los actos útiles necesarios, ante el Poder Ejecutivo Nacional, tendientes a asegurar que la audiencia pública a celebrarse como procedimiento previo a la determinación de la tarifa de gas, prevista para el 16 de setiembre en la Ciudad Autónomade Buenos Aires, sea transmitida en vivo por la Televisión Pública nacional y por el canal público provincial Acequia, a fin de garantizarles a los ciudadanos el acceso a la información pública”.
La propuesta se basó en una solicitud presentada por la edila sureña justicialista Natalia Galamba en el Concejo Deliberante de San Rafael. Su objetivo es asegurarles a los ciudadanos mendocinos su derecho a ver en vivo y en directo las alternativas de la audiencia pública ordenada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en su fallo unánime caratulado “Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad, y otros c/Ministerio de Energía y Minería s/amparo colectivo” (autos FLP 8.399/2016).
Este dictamen confirmó la nulidad de las resoluciones N°28/2016 y N°31/2016 del Ministerio de Energía y Minería de la Nación, las cuales establecían el tarifazo, además de reafirmar que la realización de esa instancia abierta a la participación de la comunidad es de cumplimiento obligatorio y en forma previa a la fijación de nuevos cuadros tarifarios para los servicios públicos, tal como emana del artículo 42 de la Constitución nacional, que prevé la participación de los usuarios en los servicios públicos, la democracia republicana y el derecho a la información.
La Corte nacional ratificó así que deben habilitarse procedimientos y mecanismos de participación y de impugnación de los usuarios, instancias que no se satisfacen con la mera notificación de una tarifa ya establecida por el Poder Ejecutivo Nacional.