La Ley de Educación Común, gratuita y obligatoria fue aprobada el 8 de julio de 1884 bajo la presidencia de Julio Argentino Roca. Su gran impulsor fue Domingo Faustino Sarmiento.
Art. 1. La escuela primaria tiene por único objeto favorecer y dirigir simultáneamente el desarrollo moral, intelectual y físico de todo niño de seis a catorce años de edad.
Art. 2. La instrucción primaria, debe ser “obligatoria, gratuita, gradual y dada conforme a los preceptos de higiene”.
Art. 3. La obligación escolar comprende a todos los padres, tutores o encargados de los niños dentro de la edad escolar establecida en el artículo primero.
Art. 4. La obligación escolar puede cumplirse en las escuelas públicas, en las escuelas particulares o en el hogar de los niños; puede comprobarse, por medio de certificados y exámenes, exigir su observancia por medio de amonestaciones y multas progresivas, sin perjuicio de emplear, en caso extremo, la fuerza pública para conducir al niño a la escuela.
Art. 6. El “minimun” de instrucción obligatoria comprende las siguientes materias: lectura y escritura; aritmética (las cuatro primeras reglas de los números enteros, y el conocimiento del sistema métrico decimal y la ley nacional de monedas, pesos y medidas); geografía particular de la República y nociones de geografía universal; de historia particular de la República y nociones de historia general; idioma nacional; moral y urbanidad; nociones de higiene; nociones de ciencias matemáticas, físicas y naturales; nociones de dibujo y música vocal; gimnástica, y conocimiento de la Constitución Nacional. Para las niñas será obligatorio, además, el conocimiento de labores de manos y nociones de economía doméstica. Para los varones el conocimiento de los ejercicios y evoluciones militares más sencillos; y en la campaña, nociones de agricultura y ganadería.
Art.8. (956) La enseñanza religiosa sólo podrá ser dada en las escuelas públicas por los ministros autorizados de los diferentes cultos, a los niños de su respectiva comunión, y antes o después de clase.
Más efemérides
1838
Se funda en Buenos Aires la Asociación de Mayo, cuyo antecedente fue a “Librería Argentina”, creada por Marcos Sastre y en cuya trastienda funcionó un salón literario donde se forjó el pensamiento nacional que dominó la última mitad del siglo. La inauguración fue presidida por Vicente López y Planes. La integraron, entre otros, Esteban Echeverría, Juan Bautista Alberdi y Vicente Fidel López y se constituyó como núcleo opositor a Rosas.
1878
Muere el músico Juan Pedro Esnaola, que se perfeccionó en París. Fue autor de la música de composiciones populares como “El pescador de Palermo” y “La diamela”. Su arreglo del Himno Nacional Argentino es el que ha sido oficializado. Nació en Buenos Aires el 17 de septiembre de 1808.