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Proponen ley para salvar los clubes de barrio ante el exorbitante aumento tarifario

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Frente a las graves dificultades que están atravesando numerosas instituciones barriales sin fines de lucro porque no pueden afrontar los exorbitantes montos que se les cobra por el servicio de electricidad después de los aumentos autorizados oficialmente, lo que puede provocar desde la paralización de sus actividades deportivas, culturales y de contención social hasta el cierre definitivo de sus instalaciones, el senador provincial Gustavo Arenas (FPV-PJ) presentó un proyecto de ley destinado a disminuir ese gran impacto sobre las organizaciones perjudicadas.

En este contexto, la iniciativa del legislador justicialista –contenida en el expediente Nº67.711 del Senado– establece que se instituya “una categoría de usuarios de servicio eléctrico denominada Entidades de Bien Público”, que incluye a los siguientes tipos de instituciones con personería jurídica: “asociaciones civiles, fundaciones sin fines de lucro, clubes de barrio, uniones vecinales, centros de jubilados y organizaciones comunitarias sin fines de lucro con programas de promoción y protección de derechos”. La propuesta obedece “a la naturaleza específica de estas entidades con personería jurídica, que no persiguen fines de lucro y tienen por principal objeto el bien común”.

También manda que “el Ente Provincial Regulador Eléctrico (EPRE) deberá incorporar esta categoría de usuarios en la elaboración del Cuadro Tarifario Eléctrico e implementar la tarifa creada”, y que la tasa “máxima prevista para la categoría Entidad de Bien Público no podrá superar la tarifa prevista para los usuarios residenciales categoría R-1 o la que en el futuro la sustituya”. En el cuadro tarifario que se aplica actualmente en el servicio eléctrico, esta categoría abarca a quienes consumen hasta 299kW/h por bimestre, lo que significa una pequeña demanda.

El proyecto de ley cuenta con los apoyos de la asociación nacional de defensa del consumidor Protectora y la Confederación Mendocina de Deportes (Comede). La primera –cuyo objetivo es proteger los derechos, la información y la educación de usuarios y consumidores– se originó en 1994 Mendoza y tiene filiales en el resto del país, donde ha desarrolla diversas campañas de concientización y reclamos colectivos, entre otras acciones. La segunda –integrada por unas 50 asociaciones y federaciones deportivas, en representación de más de 35.000 atletas– promueve la contención y el apoyo institucional a los deportistas en forma articulada con la comunidad.

Protagonistas fundamentales

“El beneficio previsto en la norma resguarda a las entidades barriales que, entre su amplio abanico de oportunidades, brindan contención social mediante actividades que forman valores de vida, dictan cursos para adquirir habilidades, enseñan oficios para tener una salida laboral y permiten practicar deportes, aprender arte y hasta disfrutar de un ambiente ideal para el entretenimiento y la camaradería entre los vecinos”, declaró el autor del proyecto de ley.

Y reafirmó su concepto al expresar que “esta medida es muy importante y necesaria porque tiende a salvar espacios que benefician en toda Mendoza a una masiva cantidad de personas de todas las edades que cuentan así con el libre acceso a actividades que representan su única oportunidad de practicar alguna disciplina que les guste y les ayude en su desarrollo o que les sirva para mejorar su formación profesional. Es por eso que, generalmente, esas instituciones son protagonistas fundamentales en los barrios y con sus servicios sociales favorecen incluso a los sectores más vulnerables de la población”.

La futura norma, según detallan sus fundamentos, surgió “a partir del reclamo recibido por parte de muchas entidades y organizaciones sociales de bien público”, sumamente preocupadas porque “el incremento tarifario en las facturas de electricidad ocasiona un grave perjuicio a estas asociaciones sin fines de lucro” ya que “muchas de las actividades que allí se desarrollan requieren el uso de la luz eléctrica”.

También resalta que “miles de mendocinos concurren a estas entidades de bien público en busca de contención y de actividades deportivas, sociales o culturales. Se trata de organizaciones sociales que surgen espontáneamente en la comunidad, motivadas principalmente por la afinidad a actividades deportivas y a los vínculos sociales y culturales que nacen de las relaciones humanas”.

En este sentido, reafirma que “la función social que estas entidades cumplen requiere que el Estado arbitre todos los medios para posibilitar su subsistencia, entre ellos dar un marco de racionalidad a los costos de su funcionamiento, otorgando en este caso una tarifa preferencial en el suministro del servicio eléctrico”. Y señala que “la tarifa eléctrica especial define un tratamiento particular a aplicar a las fundaciones, asociaciones civiles sin fines de lucro, clubes de barrio, uniones vecinales y centros jubilados en relación con el precio que pagan por el servicio de suministro eléctrico”.

(Fuente: Prensa Gustavo Arenas)