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El Gobernador de la Provincia decretó que podrán votar los mayores de 16 años

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Aunque la Constitución provincial prevé el voto a partir de los 18 años y la Justicia Electoral dijo que era necesario cambiar la Carta Magna, el Gobernador modificó anoche el artículo por decreto. Puso fecha a las elecciones provinciales junto con las nacionales: 27 de octubre.

Finalmente, el gobernador Francisco “Paco” Pérezdecidió modificar por decreto el artículo de la Constitución de Mendoza, que expresamente dice que pueden votar ciudadanos a partir de los 18 años.

Es que la Justicia electoral había avisado que los jóvenes de 16 y 17 años no podrían votar sin no había previamente una modificación de la Constitución.

También firmó el decreto de convocatoria a elecciones para 27 de octubre próximo de manera simultánea con las nacionales.

“El derecho de los jóvenes fue consagrado en la Ley nacional 26774 y los que cumplieron los 16 años ya están en el registro nacional de electores por lo que se respalda su participación en las elecciones nacionales convocadas para el 27 de octubre”, afirma un comunicado del Gobierno.

El secretario de la Junta Electoral, Luis Alfredo Puebla, había dicho que «toda convocatoria a elecciones debe ajustarse a la Constitución provincial» (que establece 18 años como edad mínima para votar). Agregó que ningún compromiso entre partidos políticos que busque evitar presentaciones judiciales en contra de una norma de este tipo podría habilitar un incumplimiento a una disposición constitucional.

Como la Constitución es la ley máxima y en teoría se puede modificar solo con Asamblea Constituyente, el senador demócrata Carlos Aguinaga considera que es «una invitación a violar la Constitución» y adelantó que recurrirá a la Justicia.

El Gobierno provincial tomó distancia de los argumentos legales que desde el propio justicialismo se aportaban a principios de año.

En enero pasado, la presidenta provisional del Senado y master en Derecho Electoral, Miriam Gallardo, y el senador Fernando Simón -profesor de Derecho Constitucional en la UNCuyo- explicaron que para permitir el voto voluntario de jóvenes de 16 y 17 años, la Nación modificó el Código Electoral.

Y que este código nacional -como todos los de procedimientos- «no tiene prelación (preeminencia) sobre las Constituciones provinciales». En ese sentido, destacaron, «Mendoza tiene su propia ley electoral y la Constitución provincial sigue plenamente vigente cuando fija 18 años como condición para emitir el sufragio».

En Mendoza son 60 mil los jóvenes de entre 16 y 17 años, aunque sólo podrán votar los que renovaron el DNI. El voto voluntario provincial ya está habilitado en Buenos Aires, San Juan, Tucumán, Misiones, Neuquén, Entre Ríos y La Pampa.

Fuente: Diario Los Andes