En algunos casos se puede justiciar la inasistencia. De no poder hacerlo, se deberán abonar una multa para no ingresar en el registro de infractores.
Este domingo se celebraron en todo el país las elecciones generales que tuvieron como flamante ganador a Alberto Fernández, el nuevo presidente de los argentinos.
Según informó la justicia electoral, 33.841.873 personas estaban habilitas para cumplir con la obligación y votó un 70% del padrón.
Tal como establece la Constitución Nacional el voto es obligatorio para los ciudadanos mayores de 18 años y hasta 70, salvo excepciones.
Asimismo, contempla la inasistencia en los siguientes casos:
-Los ciudadanos que el domingo hayan estado a más de 500 km del lugar donde deban votar y justifiquen que el alejamiento obedece a motivos razonables. En este caso deberían presentarse ante la autoridad policial más próxima- hasta ese domingo a las 18- la que deberá extender una certificación escrita. Es importante destacar que luego deberán presentar esa certificación ante la Secretaría Electoral del Juzgado Federal de Mendoza, en San Martín y Colón, 4º piso de Ciudad.
-Los jueces y sus auxiliares que debieron asistir a sus oficinas y mantenerlas abiertas mientras dure el acto comicial.
-Los enfermos o imposibilitados por fuerza mayor también están eximidos de votar. En su caso, las ausencias “deberán ser justificadas en primer término por médicos del servicio de sanidad nacional” o por médicos oficiales, provinciales o municipales. Tienen 60 días para presentarlo.
-Quienes presenten un DNI con domicilio en la Argentina pero vivan en el exterior deberán adjuntar foto del pasaporte o documentación que acredite que no se encontraban en el país a través del Registro de Infractores . Esa documentación puede ser solicitada en la Embajada o Consulado Argentino más cercano.
-El personal de organismos y empresas de servicios públicos que deban realizar tareas que le impidan asistir al comicio durante su desarrollo.
Quienes no puedan justificar su inasistencia deberán abonar una multa de $100. De no pagarla, el ciudadano ingresará en un registro de infractores que le generará problemas a la hora de realizar trámites administrativos, entre ellos, la renovación del carnet de conducir.
Para saldar la deuda, se debe ingresar a la página https://infractores.padron.gob.ar/ y seguir los pasos.