Este jueves salió la reglamentación del Enargas que obliga a las empresas distribuidoras a diferir parte del gasto de las facturas de gas de invierno para el verano.
De los consumos de gas que se registren entre julio y el 31 de octubre sólo se pagará el 78% ya que el 22% restante será financiado por el Gobierno Nacional y ese gasto se abonará durante los meses de verano. No obstante, quienes quieran pagar el consumo total podrán hacerlo solicitando una refacturación a la distribuidora.
En abril el Ejecutivo nacional le concedió a su principal socio político, la UCR con el gobernador Alfredo Cornejo a la cabeza, el pedido para morigerar el impacto de las facturas del gas de invierno, difiriendo parte del gasto para el verano. Pero no fue hasta este jueves que salió la reglamentación del Enargas que obliga a las empresas distribuidoras a hacerlo.
“Las facturas deberán incluir en el área de información al usuario, la siguiente leyenda en referencia a dicho concepto: “(*) Por Resolución SGE Nº 336/19, el monto total diferido se incluirá en las facturas de consumo que se emitan a partir del 1º de diciembre de 2019 y a sus respectivos vencimientos, en cinco cuotas mensuales, iguales y consecutivas”, se aclara en la reglamentación que da origen al “aplanamiento”.
Usuarios residenciales
Los usuarios de gas residencial se agrupan en ocho categorías de consumo, tres principales, y sus variantes, de acuerdo a los metros cúbicos que utilicen lo usuarios por año.
Así, dentro de la categoría R1 se ubican los usuarios con consumos de 0 a 900 m³, a los que les corresponden cargos fijos por $ 284,07 y abonan un valor por m³ de $ 9,922. Para la categoría R2°1 (901 y 1000 m3) el cargo fijo es de $ 300 y el variable de $ 9,922, y dentro de la categoría R2 2° se ubican quienes consumen entre 1.001 y 1.200 m³ por año y abonan cargos fijos por $ 342,99 y $ 10,27 por m³ consumido.
En tanto que en las categorías más altas, la cuenta debería tener en cuenta cargos fijos de $ 387,62 más $ 410,28 por m³ consumidos para el R2 3° (entre 1,201 y 1.400 m3); $ 504 más $ 10,59 por m2 para la R3 1° (1.401 y 1.600) ; $ 584,38 más $ 10,59 por m³ para la R3 2 (1.601 y 1.800)°; $ 782,54 más $ 10,82 por m³ para la R3 3°(1.801 y 2.200); y $ 1263,44 más $ 10,82 para la categoría R3 4° (más de 2.201 m³ anuales).
Impacto en la factura
Para dar un ejemplo de cuánto habrá que abonar por mes se tuvo en cuenta la categoría R 2 2° en donde se ubica el 60% de los usuarios mendocinos, con un gasto anual promedio de 1.131 m³ anuales. A estos les que corresponde una factura promedio mensual de $ 1.141 (sin impuestos), de acuerdo con datos de Ecogas.
No obstante, el consumo promedio de la distribuidora se obtiene de calcular el consumo anual y dividirlo en 12 meses, y si se considera que el 55% del consumo total de una familia se da dentro de los cuatro meses más fríos del año (también teniendo en cuenta datos de la distribuidora), habría que tomar el consumo anual y quitarle dicho porcentaje.
Así, del total que se paga por año ($ 13.692), $ 5.476 se abonan entre junio y septiembre. Esto equivaldría a un pago mensual de $ 1.369,2, sin impuestos. Ahora bien, el componente impositivo de la factura de gas es del 21% del total, es decir que el número final mensual sería de $ 1.656,73.
Finalmente, si durante los cuatro meses más fríos del año, el Estado Nacional le descuenta al usuario 22%, la tarifa mensual equivaldría a $ 1.357,98 y mes a mes se le estarían bonificando $ 298,75 que se sumarán para luego dividirse en cinco y cobrarse entre diciembre de este año y abril del año siguiente.
Sin costos adicionales
Los cargos que se generen por el diferimiento quedarán a cargo del Estado Nacional que destinará un total de $ 4.500 millones para poder llevar adelante el programa.
Según explicaron desde Ecogas, dicho diferimiento se aplicará a todas las facturas que se emitan desde este mes y hasta el 31 de octubre, y la totalidad de los montos diferidos se abonarán en cinco cuotas iguales y consecutivas con las facturas que se emitan desde el mes de diciembre.
“Este diferimiento no tendrá ningún costo o interés para los usuarios del servicio”, explicaron desde la distribuidora.
No obstante, los usuarios pueden renunciar al beneficio a través del sitio web de Ecogas (www.ecogas.com.ar) en donde encontrarán un botón de acceso al formulario de renuncia.
La no adhesión al servicio se aplicará para todas las facturas entre el 1° de julio y el 31 de octubre de 2019.
Facturación mensual
El periodo de medición por el que se emite la factura continúa siendo bimestral, pero la factura se emite de forma mensual desde el mes de junio.
La medida responde a la resolución Nº 223/2019 del Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) que modifica el Reglamento de Servicio de Distribución y dispone la “obligación de facturación mensual para los usuarios residenciales con ciclo de lectura bimestral”.
De esta forma, una factura con 400 m3 de consumo entre el primero de junio y el primero de agosto se pagará en dos partes, la primera al 15 de agosto, con el 50% del cargo fijo y el valor correspondiente a 100 m³ de consumo más impuestos, y la segunda el 15 de septiembre con el mismo valor.
Claves
– La factura que se emita en agosto tendrá el descuento aplicado sobre consumos de parte de mayo, de junio y julio.
– Para renunciar hay que ingresar a la web de Ecogas;
– El beneficio no tiene gastos extra;
– Los consumos de los cuatro meses del periodo más frío (junio, julio, agosto y septiembre) se pagarán en los cinco meses más cálidos.
Fuente: Los Andes