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El Gobierno lanzará un cédula provisoria para vehículos que no hicieron la transferencia

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El gobierno lanzará un plan para regularizar la situación de unos 200.000 autos y motos que circulan por el país sin los papeles correspondientes.

Existen en la actualidad unos 200.000 vehículos (entre autos y motos) que circulan por el país sin los papeles correspondientes. Incluso en la Dirección Nacional de los Registros Nacionales del Automotor y de Créditos Prendarios (Dnrpa) que depende del Ministerio de Justicia creen que el 40% de los autos que se transfieren no se venden en forma directa de vendedor a comprador, sino que los suelen dejar con un simple formulario firmado, el 08, a un intermediario formal o informal.

Para terminar con esa irregularidad, la Dnrpa lanzará el próximo 8 de octubre la «cédula provisoria», que buscará darle un encuadramiento legal a aquellos vehículos que hoy no lo tengan.

Según publica el diario La Nación, se trata de una cédula legal – como la verde o la azul – que servirá para circular sin impedimentos, pagar los impuestos sobre el bien y ofrecer la seguridad de que el titular es poseedor del auto o la moto registral. Además, en caso de accidentes también dará certidumbre jurídica sobre la responsabilidad civil.

«Hemos digitalizado y simplificado el registro automotor, bajamos los costos y ahora queremos regularizar unos 200.000 autos y motos, para que sus poseedores puedan circular legalmente y hasta ser dueños», explicó Oscar Agost Carreño, subdirector de la Dnrpa.

Las limitaciones que tendrá este nuevo documento tienen que ver con la condicionalidad de otorgamiento: no podrá ser utilizada por terceros y será obligatoria la renovación cada año. Además en la Dnrpa explican que esta posibilidad no sirve para regularizar delitos (si hay una denuncia de robo del dominio, no se podrá concretar el trámite), sino situaciones de hecho, desidia o ignorancia.

Características

– El trámite tendrá un costo de $670.

– En el caso de quienes tengan en su poder un auto o una moto, pero no cuenten con el 08 firmado para inscribir la transferencia a su nombre podrán presentarse ante el registro del automotor donde se encuentra radicado el mismo y denunciar la situación.

– El trámite puede iniciarse digitalmente en www.dnrpa.gov.ar. Allí se sacará turno y se presentará una verificación policial y la documentación requerida:

  • Título y cédula o denuncia.
  • Manifestación de extravío.
  • Constancia de no registrar deudas del impuesto a la radicación de los automotores.
  • Declaración jurada donde se detallen las circunstancias donde adquirió el automotor.
  • Todo elemento que acredite la adquisición.
  • Formulario 08 digital con la firma de la parte compradora.

– Este trámite puede hacerse además personalmente en el registro o a través de un mandatario matriculado.

– Verificado todo en el registro, se enviará por correo electrónico una constancia electrónica de posesión (CEP), una certificación que da fecha cierta a la posesión y permitirá contar con una prueba central ante un posible juicio de usurpación.

– Se emitirá una cédula con vigencia de un año que no podrán usar terceros, se comunicará la inscripción a los órganos fiscales y enviará una carta documento o mail a fin de notificar al titular registral del trámite inscripto para que firme el 08 o se oponga. Si éste firma, se procederá con la transferencia.

– A la hora de renovar la cédula provisoria deberá presentarse otra verificación.

– En caso de contar solo con una denuncia de venta previa, se realizará automáticamente una transferencia ordinaria si el titular registral hubiese hecho en forma previa una denuncia de venta declarando como comprador al que ahora presenta una denuncia de compra o posesión.

– Se hará una transferencia condicional, si el titular registral hubiese hecho en forma previa una denuncia de venta declarando como comprador a una persona distinta de la que ahora presenta una denuncia de compra o posesión, y si no existiesen impedimentos para transferir se inscribirá la transferencia con carácter condicional por el plazo de 24 meses.

– Vencidos ese plazo quedará firme.

Fuente: Medios