La Administración Nacional de Seguridad Social (ANSeS), a través de su delegado local, Jorge Uliarte, informó que los trabajadores de temporada, eventuales y no permanentes que trabajen en relación de dependencia, no perderán el beneficio de la Asignación Universal. Están contemplados en esta resolución los trabajadores de las cosechas de uva y aceituna, como también los trabajadores eventuales de la construcción.
En todos los casos, los trabajadores tendrán derecho al cobro de las Asignaciones Familiares o Universales, por los doce meses del año, en la medida que cumplan con todos los requisitos establecidos por ley.
El director de la delegación provincial de la ANSeS, Jorge Uliarte, manifestó que “por expreso pedido del Gobernador nosotros queremos aclarar esta situación”, y agregó que “en el caso de trabajadores beneficiarios de la Asignación Universal no tienen que tener temor por la pérdida de este beneficio que se les brinda a través del Estado”.
Aclaró que “al ser contratados como trabajadores temporarios, eventuales o no permanentes, conforme a la característica de cada uno de los contratos, en caso de que tengan una efectiva prestación de servicio van a ser beneficiarios del Régimen de Asignaciones Familiares, es decir van a percibir la Asignación por Hijo, Hijo con Discapacidad, Prenatal, Maternidad, Ayuda Escolar, Nacimiento, Matrimonio y Adopción”.
De esta manera, señaló que “cuando pierden la relación de dependencia, pasan a ser beneficiarios nuevamente de la Asignación Universal”.
“Nuestro compromiso, y el derecho de todo trabajador, es que en el transcurso de los doce meses del año tienen que percibir la Asignación Familiar por cualquiera de los dos sistemas, por el sistema de Asignación Familiar o Universal”, aseveró.
El titular local de la ANSeS reconoció cierto temor por parte de los trabajadores temporarios y reveló que “ellos consideran que al ser declarados como trabajadores en relación de dependencia se van a ver perjudicados o van a perder la Asignación Universal, esto no es así, por cualquiera de los dos sistemas van a percibir su Asignación Familiar”.
Uliarte indicó también que “dependemos de que el empleador cumpla con la información de alta y baja ante la AFIP para darle continuidad a cualquiera de estos dos regímenes”.
En cuanto a los trámites administrativos explicó que es responsabilidad del empleador, quien “tiene la obligación de informar el carácter del trabajador, tanto cuando comienza su labor como cuando deja de pertenecer a la empresa”.
Esta medida contempla además a los trabajadores eventuales, como es el caso de los trabajadores de la construcción, que tienen fecha de inicio y final de obra.
Fuente: El Independiente