Amplían la lista de productos de las economías regionales incluidos en el dólar agro

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Se suma al anuncio de la semana pasada, cuando el Ministerio de Economía anunció el ingreso de más de veinte producciones de economías locales. Uno de los tantos requisitos del programa es cumplir con Precios Justos.

El Ministerio de Economía informó la ampliación del listado de los productos de las economías regionales alcanzadas por el Programa de Incremento Exportador (PIE), que establece un tipo de cambio diferencial temporal de $300 por dólar hasta el 31 de octubre.

La resolución 160/2023 publicada en el Boletín Oficial estableció que las mercaderías que se incorporan son productos derivados de cadenas de hortalizas (frescas, congeladas y conservadas), preparaciones alimenticias para animales, frutas frescas y sus productos derivados; carne ovina, salvados y moyuelos provenientes de la molienda de cereales, semillas hortícolas y de otras especies.

La semana pasada, la cartera de Economía anunció el ingreso de más de una veintena de producciones de economías regionales, siendo los principales complejos incorporados el vitivinícola, olivícola, apícola, pesquero, foresto-industrial, de la lana, legumbres, ajo, té, manicero, tabaquero, limonero, de la ciruela, maíz pisingallo, frutas finas, frutos secos, girasol confitero, mandarinas, naranjas, arroz, arándanos, peras y manzanas, cebolla, kiwi, pomelo, entre otros.

Esta semana incorporó al sorgo, la cebada forrajera y al girasol y sus principales derivados, como el aceite y la harina.

Los requisitos para todos los productos de las economías regionales que deben cumplir los interesados en acceder a los beneficios del programa son haber exportado las mercaderías en algún momento de los 18 meses inmediatos anteriores a la entrada en vigencia del decreto 194, así como asumir el compromiso de mantener o incrementar la cantidad de puestos de trabajo.

También deben comprometerse a abastecer el mercado local con esas mercaderías, debiendo mantener o incrementar los volúmenes de abastecimiento que registrados en los 18 meses anteriores a la vigencia del referido decreto.

Por último, tendrán que cumplir con el programa Precios Justos o los acuerdos de precios para el mercado local que al respecto establezca la Secretaría de Comercio.

Fuente: C5N

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