Así lo dispuso la DGE a través de una resolución. Hay excepciones.
La Dirección General de Escuelas adhirió a la resolución 4/2021 conjunta de los Ministerios de Salud y de Trabajo Empleo y Seguridad Social de la Nación y estableció que aquellos que integran grupos de riesgo y ya hayan recibido la primera dosis de cualquiera de las vacunas contra el coronavirus, deben regresar a trabajar de forma presencial.
A través de la resolución 1255, publicada este viernes en el Boletín Oficial, la DGE que “deberán volver a cumplir sus funciones en forma presencial en sus lugares de trabajo, una vez cumplido el plazo de 14 días de su inoculación”.
Además indicó que aquellos trabajadores y las trabajadoras se nieguen a prestar sus servicios en forma presencial, se considerará como ausentes y no cobrarán sus remuneraciones.
Las únicas excepciones a esta medida son: los empleados con inmunodeficiencias congénitas, asplenia funcional o anatómica (incluida anemia drepanocítica) y desnutrición grave; con VIH dependiendo del status (< de 350 CD4 o con carga viral detectable); con medicación inmunosupresora o corticoides en altas dosis (mayor a 2 mg/kg/día de metilprednisona o más de 20 mg/día o su equivalente por más de 14 días).
También quedan excluidos los pacientes con enfermedad oncohematológica hasta seis meses posteriores a la remisión completa; con tumor de órgano sólido en tratamiento, y trasplantados de órganos sólidos o de precursores hematopoyéticos.